Economía

Condenan a Ruiz-Mateos a pagar 92 millones de euros de los pagarés

  • El patriarca y su hijo Javier deben hacer frente a la deuda con los acreedores de la sociedad que emitió más títulos No hay rastro del dinero, que entró en la caja única de Nueva Rumasa

A los Ruiz-Mateos se le acumulan las causas judiciales, y las condenas. La última, de las condenas, dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid y vinculada a los pagarés de Nueva Rumasa, obliga al patriarca José María Ruiz-Mateos y a su hijo Francisco Javier a pagar 92 millones de euros a los acreedores de la sociedad José María Ruiz-Mateos, la principal emisora de los títulos de crédito. Cabe recordar que Francisco Javier Ruiz-Mateos y su hermano Álvaro cumplen condena de seis meses en prisión por el impago del IVA en la venta de un hotel, mientras que Alfonso y Álvaro Ruiz-Mateos deberán ingresar en prisión para cumplir otra condena de seis meses por defraudar a Hacienda en la venta de Garvey.

 

En la condena conocida ayer, la instancia judicial declara culpable el concurso de la sociedad y responsables al padre y al hijo, a los que condena a hacer frente al déficit patrimonial de la empresa -los algo más de 92 millones que deberán abonar-. El fallo judicial absuelve, por contra, al actual propietario de Nueva Rumasa, el empresario valenciano Ángel de Cabo, y su socio Iván Losada, al entender que la despatrimonialización de la firma fue anterior a su entrada, al tiempo que exculpa al sobrino de Ruiz-Mateos, Zoilo Pazos, al entender que sólo era administrador de derecho y no de hecho.

 

Ambos miembros del clan de los Ruiz-Mateos quedan asimismo inhabilitados, en virtud de la sentencia, para administrar bienes ajenos y para representar, legal o voluntariamente, o administrar patrimonialmente a cualquier otra persona por un tiempo de quince años. 

 

De esta forma, la deuda de más de 92 millones de euros que deberá afrontar el empresario jerezano y su hijo se suma a otra deuda de más de 123 millones de euros que el patriarca de los Ruiz Mateos tiene que abonar a los acreedores del grupo Trapa, perteneciente al entramado de Nueva Rumasa, según dicta otra sentencia que también le condena a 15 años de inhabilitación para la administración de bienes ajenos. 

 

José María y Francisco Javier Ruiz-Mateos son condenados solidariamente a abonar a los acreedores en concepto de déficit patrimonial la totalidad de los créditos concursales que no resulten satisfechos con ocasión de la liquidación de la masa activa, excluyéndose a los créditos contra la masa. 

 

El fallo judicial recoge que el 22 de diciembre de 2009, la junta general de accionistas de la sociedad José María Ruiz Mateos, además de aprobar una ampliación de capital de 60 millones de euros, acordó una emisión de pagarés extraordinarios por el mismo importe, elevándose a 150 millones de euros en la junta celebrada posteriormente el 12 de abril de 2010. 

 

En el documento informativo de la misma figuraba que los fondos obtenidos a través de la emisión se emplearían en la adquisición, como mínimo, de un 25% de una "importante empresa del sector de la alimentación". El valor nominal mínimo de los pagarés era de 50.000 euros por inversor, con vencimientos en dos años y con un interés aplicable del 10%, con pagos trimestrales.   Dicha emisión fue avalada por Clesa y Grupo Dhul, dos de las empresas del entramado empresarial de los Ruiz Mateos. 

La administración concursal de José María Ruiz Mateos calcula que, con la emisión, la sociedad ingresó 97,67 millones de euros, cuyo importe se ingresó en su totalidad en la mercantil Bardajera, que actuaba de hecho como 'caja común' o 'caja única' del grupo Rumasa. 

 

En el informe de la administración concursal e inventario de la solicitud de concurso voluntario de la principal emisora de los pagarés de Nueva Rumasa figura un crédito de 92,87 millones de euros frente a Bardajera. En el inventario, la administración concursal valoró dicho derecho de crédito en cero euros al haberse declarado el concurso de acreedores de Bardajera por auto de fecha de 30 de marzo de 2012. 

 

Según la sentencia, el concurso se califica culpable ya que la sociedad José María Ruiz Mateos ocultó los fondos recaudados a través de la emisión de los pagarés, transfiriéndolos a Bardajera y sin que la administración concursal haya podido encontrar rastro de las cantidades traspasadas. 

 

Es evidente, según el juez, que como consecuencia de dicha "ocultación" se ha producido un perjuicio a los acreedores de la concursada, puesto que encontrándose Bardajera en situación concursal, las posibilidades de que cobren sus derechos de crédito son "inexistentes", siendo el activo remanente "insuficiente" para el pago de los créditos. 

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