Economía

El Tribunal de la UE anula el fallo judicial que invalidó la fusión Sony-BMG

  • En respuesta a un recurso presentado por Impala, una asociación de discográficas independientes, el Tribunal de Primera Instancia rechazó el visto bueno de Bruselas al considerar que cometió "errores de apreciación y dio fundamentos insuficientes"

El Tribunal de Justicia de la UE anuló hoy la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que invalidó la autorización de la Comisión Europea a la fusión de las discográficas Sony y Bertelsman (BMG).

En respuesta a un recurso presentado por Impala, una asociación de discográficas independientes, el Tribunal de Primera Instancia rechazó el visto bueno de Bruselas al considerar que cometió "errores de apreciación y dio fundamentos insuficientes".

Según los jueces de Primera Instancia, la Comisión no demostró la inexistencia de una posición dominante en el sector ni la ausencia de riesgo de que la fusión de Sony y BMG diera lugar a ella.

Pero la corte superior les quita la razón y señala que el fallo del Tribunal de Primera Instancia contenía "varios errores de derecho".

Sony y BMG obtuvieron en 2004 el permiso del Ejecutivo comunitario para fusionarse, una autorización que fue anulada dos años después por el Tribunal de Primera Instancia.

La Comisión procedió entonces a evaluar de nuevo la operación, que fue finalmente autorizada sin condiciones en octubre pasado.

Las compañías, por su parte, apelaron ante la instancia superior, al considerar que el Tribunal de Primera Instancia había exagerado las exigencias jurídicas para la autorización del Ejecutivo comunitario.

En el fallo de hoy, la corte con sede en Luxemburgo les da parcialmente la razón.

Entre otras cosas, destaca que el Tribunal de Primera Instancia fundamentó su resolución en documentos confidenciales presentados por Impala, a los que la Comisión no tuvo acceso para evaluar su decisión precisamente por su carácter confidencial.

Además, el Tribunal de Primera Instancia "ignoró los criterios jurídicos aplicables en materia de posición dominante" tras una concentración de empresas, pues hizo un análisis "aislado y abstracto" sobre la transparencia de mercado.

El Tribunal de Justicia precisa que "no se encuentra en posición para pronunciarse sobre el litigio", dado que la sentencia de Primera Instancia sólo analizó dos de los cinco argumentos presentados por Impala.

Por ello, la corte de Luxemburgo reenvía el caso al Tribunal de Primera Instancia.

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