Elecciones

La Policía no disolverá a los indignados por falta de cobertura legal

  • La prohibición de la Junta Electoral se queda en papel mojado al no mediar delito alguno o alteración del orden público

La Policía informó anoche a los asistentes a las concentraciones que se están celebrando en toda España de que éstas no cuentan con autorización administrativa, pero no las disolvió porque la ley no ampara esa medida, informaron a Efe fuentes del Ministerio del Interior.

Los concentrados y las personas que pretendan sumarse a ellos serán informados de las sanciones a las que se exponen, previstas en la Ley Electoral y en la Ley de Seguridad Ciudadana, añadieron las fuentes, que insistieron en que la falta de autorización de una manifestación de este tipo no es motivo suficiente para su disolución según la legislación española y europea.

La falta de amparo legal que tendría la orden de disolver las concentraciones fue puesta de manifiesto ayer en un informe elaborado por la Abogacía del Estado en el que se analiza la resolución dictada el jueves por la Junta Electoral Central, que declaró "contrarias a la legislación electoral" las manifestaciones que se celebren hoy, jornada de reflexión, y mañana, día de votación.

Según las fuentes, en el informe se explica que el artículo 16 de la Ley de Seguridad Ciudadana, que remite a la Ley Orgánica que regula el derecho de reunión, establece que sólo se puede disolver una manifestación cuando suponga un ilícito penal o una alteración del orden público que ponga en riesgo la integridad de personas o bienes o cuando sus asistentes vistan ropas paramilitares.

La falta de autorización administrativa, por tanto, no es motivo suficiente para que la autoridad gubernativa ordene la disolución de las concentraciones, concluye la Abogacía del Estado.

El dictamen de los servicios jurídicos del Estado, además, está en sintonía con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que hace unos meses condenó al Gobierno turco por disolver por la fuerza una manifestación pacífica que no estaba autorizada.

Según el TEDH, en ausencia de violencia la obligación del Estado es garantizar el ejercicio del derecho de reunión y manifestación, ya que lo contrario supone la vulneración del artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Las fuentes consultadas en Interior añadieron que, para ajustarse a la legalidad, la instrucción impartida por las Delegaciones del Gobierno y por la cúpula policial a los agentes es la de que informen a los asistentes a las concentraciones -en algunos casos por escrito y en los accesos a los lugares en los que éstas se celebran- de la falta de autorización de las mismas.

Las concentraciones de indignados siguieron ayer muy activas. La más numerosa sigue siendo la de la Puerta del Sol, donde la afluencia fue aumentando a medida que avanzaba la tarde, y pasadas las ocho de la tarde la plaza volvió a llenarse, como en jornadas anteriores.

Los concentrados en Sol están cada vez más preparados, y ya cuentan con una enfermería que atendió ayer bajadas de tensión o incluso una crisis epiléptica, así como una guardería para cuidar a los niños de los que quieren participar en las movilizaciones o en las asambleas en las que se siguen votando las decisiones de esta improvisada comunidad.

Como en jornadas anteriores, la afluencia a la plaza en la que se encuentra el kilómetro cero fue aumentando a medida que avanzaba la tarde, y también en otros enclaves de España en los que se mantienen las concentraciones, como en Barcelona.

"¡Hemos perdido el miedo! Todos a la Plaza Cataluña desde las 12 de la noche del viernes hasta el domingo", rezan los carteles distribuidos en la plaza de Cataluña.

Mientras, en la Plaza de España de Palma ondeaba sobre la estatua ecuestre de Jaime I el Conquistador una bandera de Islandia, como homenaje de los manifestantes a un pueblo que "se ha negado a pagar la deuda pública que otros provocaron".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios