España

Estrasburgo respalda que España no acerque al etarra Iturralde al País Vasco

  • El Alto Tribunal considera que la demanda del ex componente de ETA es "manifiestamente infundada" y recuerda que "la separación de sus familias es una consecuencia inevitable de su encarcelamiento".

Sede del Tribunal  Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo.

Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo. / EFE

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) apoyó este martes las razones por las que los tribunales españoles rechazaron en 2017 que el miembro de ETA Jorge Fraile Iturralde fuera trasladado de la cárcel de Badajoz a una del País Vasco.

La Corte europea rechaza, por "manifiestamente infundada", la demanda de Fraile, que se quejó en 2016 ante los tribunales españoles de estar recluido a 700 kilómetros de Durango (Vizcaya), donde viven su mujer, su hija de cinco años y sus padres.

El Tribunal de Estrasburgo concluye que las instancias judiciales españolas justificaron su rechazo al acercamiento de manera "legítima, y cualquier interferencia con sus derechos fue limitada, de acuerdo con la ley, y proporcionada".

Iturralde, detenido en abril de 1998 en Durango, fue condenado a 25 años por colaboración con banda armada, tenencia de explosivos, estragos y daños.

Para los jueces europeos, las limitaciones al derecho al respeto de la vida familiar del demandante "no han sido desproporcionadas con el objetivo de prevenir el desorden y los crímenes, y la protección de los derechos y libertades de los otros".

La decisión apoya los informes que mostraban que hubo "contacto regular con la familia", así como con la política penitenciaria de dispersión de presos terroristas, con el fin de "evitar problemas de seguridad y cortar los lazos con la organización criminal".

Esos informes certifican que Iturralde recibió en los dos últimos años tres visitas mensuales de su familia y amigos; una visita conyugal al mes de su mujer; una familiar al mes de su mujer, hija y hermanos; y, al menos, una de cohabitación cada tres meses. Además, ha recibido y enviado unas 800 cartas en ese período.

Por ello, la decisión concluye que no hay evidencias de que "los viajes que su familia cercana tiene que hacer han planteado problemas insalvables o de una dificultad particular".

La sentencia de Estrasburgo no menciona que el Ministerio del Interior español aprobó en noviembre de 2018 su traslado de la cárcel de Badajoz a la prisión de El Dueso, en Cantabria.

La Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo sí recuerda que el Convenio Europeo de Derechos Humanos "no garantiza a los presos el derecho de elegir el lugar de reclusión" y que "la separación de sus familias es una consecuencia inevitable de su encarcelamiento".

En cuanto a la queja del demandante sobre la decisión del Tribunal Constitucional de rechazar su recurso de amparo, Estrasburgo afirma que "no hubo impedimento desproporcionado para ejercer el derecho de acceso a un tribunal".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios