España

Garzón se planta ante la Fiscalía y retrasa el recurso contra su investigación

  • La Audiencia Nacional estudia si es competente para abrir un auto sobre los crímenes de la Guerra Civil y la dictadura.

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón le ha devuelto la 'bofetada' jurídica al fiscal jefe del mismo tribunal, Javier Zaragoza. Si la Fiscalía se saltaba la petición de Garzón de que los recursos contra el auto en el que investiga los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo se presentaran ante él y presentaba sus argumentos ante la Sala de lo Penal, hoy el magistrado se negó a dar trámite a dicho recurso, lo que supone que el Ministerio Público deberá volver a presentarlo, pero esta vez ante el Juzgado Central de Instrucción número 5, que dirige Garzón. Mientras, la Audiencia Nacional estudia si es competente para abrir la susodicha investigación.

Garzón mantiene un pulso con la Fiscalía desde que decidió declararse competente para investigar los crímenes de la Guerra Civil y el franquismo. El magistrado decidió el 17 de octubre convertir las diligencias previas en este asunto en sumario, lo que obligaba a la Fiscalía a presentar su recurso ante su Juzgado y no ante la Sala de lo Penal. El Ministerio Fiscal, sin embargo, obvió este trámite y presentó su recurso a la investigación -en el que argumentaba que Garzón no es competente para llevar a cabo dicha investigación- ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Hoy, en un nuevo auto, el juez Garzón recuerda que las normas procesales son de carácter imperativo y cualquier acto contrario a éstas es "nulo de pleno derecho", por lo que debe ser el Juzgado Central de Instrucción número 5 el que resuelva en reforma antes de que el asunto llegue a la instancia superior. Además, señala que el recurso de la Fiscalía fue presentado 'per saltum' a la Sala de lo Penal después de la conversión del procedimiento en sumario. Por ello, añade que "se ve compelido, sin alternativa posible, a rechazar la petición del Ministerio Fiscal en la forma en que lo hace".

A lo largo de su resolución, el magistrado defiende la conversión en sumario de la investigación por ser "el procedimiento en que se conceden las mayores garantías a las partes y en él se basa la Ley de Enjuiciamiento Criminal" y por ello, "no puede ser menospreciado o rechazado para posibilitar un trámite (el de apelación directa) que está pensado para un tipo de delitos de mucha menor gravedad a los que se aplican las normas del procedimiento abreviado". En este punto el magistrado alude a los juicios rápidos y explica que la apelación directa se creó como medio de agilizar este tipo de procedimientos.

Así, considera que la Fiscalía, al no optar por el recurso que corresponde, priva al resto de partes de desarrollar todos los derechos que la ley les otorga en defensa de sus intereses, lo que supondría una violación de su derecho a la tutela judicial efectiva. "Resulta inaceptable por tanto y se rechaza con la mayor contundencia, la afirmación del recurrente fiscal de que la no admisión a trámite de la apelación interpuesta contravendría las reglas de buena fe procesal que (...) deben inspirar la actuación de los órganos judiciales en todos los procesos", dice el magistrado. 

Paralelamente a este pulso entre el juez Baltasar Garzón y el Ministerio Fiscal, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional comenzó hoy a estudiar a través de una segunda vía procesal, instada igualmente por el Ministerio Público, si Garzón es o no competente para investigar estos crímenes. El tribunal inmediatamente superior al juez instructor dio traslado a las partes del incidente de competencia presentado por Zaragoza, en el que considera que Garzón "carece manifiestamente" de atribución "objetiva y funcional" para investigar estos hechos. 

El fiscal promueve el incidente previsto por el artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que, "si durante el sumario o en cualquier fase de instrucción de un proceso penal el Ministerio Fiscal entendiera que el juez instructor no tiene competencia para actuar en la causa, podrá reclamar ante el tribunal superior al que corresponda (...), el cual resolverá de plano y sin ulterior recurso".

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