Málaga

Acuerdan celebrar juicio contra exdueño de Aifos por pasar bienes a otra empresa

El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga ha acordado que se celebre juicio contra el que fuera administrador de la promotora Aifos, Jesús Ruiz Casado, por un delito de insolvencia punible, acusado de supuestamente pasar bienes a otra empresa, de la que también era dueño, para evitar embargos. Así, desestima la alegación de la defensa de que este caso era cosa juzgada.

El magistrado suspendió el pasado mes de abril el juicio para estudiar la cuestión previa planteada por el letrado del acusado sobre que esta causa era cosa juzgada, puesto que un juzgado de instrucción sobreseyó unos hechos similares al considerar que no tenían relevancia penal; solicitando el abogado por tanto "el archivo inmediato" del procedimiento actual.

Ahora, a través de un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez desestima la excepción de cosa juzgada, al entender que no se dan los requisitos requeridos, pues no hay identidad de sujetos, porque cada proceso tiene "diferentes perjudicados"; ni tampoco de objeto, ya que los derechos de créditos supuestamente vulnerados "son totalmente distintos en uno y otro caso".

Otra cosa, señala el magistrado, es que los hechos que se ven en esta causa "sean atípicos o no queden debidamente acreditados todos los elementos del tipo objeto de acusación, como viene sosteniendo el ministerio fiscal", pero añade que ello "inexorablemente exige la celebración del juicio oral", que ya se ha suspendido en varias ocasiones y que por el momento no tiene fecha.

En esta causa, que ha tenido más de ocho años de instrucción, la acusación la ejerce el despacho Ley 57 Abogados en nombre de sus clientes, que solicita para Ruiz Casado cuatro años de cárcel por, presuntamente, traspasar a otra empresa, de la que también era administrador, un total de 138 fincas. Por su parte, la Fiscalía malagueña inicialmente no acusa.

La acusación particular en esta causa, dirigida por el letrado Carlos Cómitre, en representación de un matrimonio que compró una vivienda a la promotora, que nunca recibió, considera que el objetivo de Jesús Ruiz Casado para llevar a cabo ese traspaso era "ocultar" a los acreedores de Aifos, que entró en liquidación a finales de 2014, esos bienes y evitar acciones judiciales sobre ellos.

Según el escrito de conclusiones provisionales del abogado, el acusado "diseñó y orquestó una aparente operación de dación en pago" de 138 fincas por valor de 17,2 millones de euros más IVA a otra sociedad de la que también era administrador. Se precisa que la mayoría de éstas estaba libre de carga, "frente al restante patrimonio de Aifos, que se encontraba hipotecado" en su mayor parte.

De esta forma, se indica en dicho documento de la acusación particular, al que tuvo acceso Europa Press, que estos bienes "se ocultaron a los acreedores evitando que los mismos fueron objeto de procedimientos de apremio y persecución en los más de 400 pleitos iniciados contra Aifos antes de que se orquestara la pretendida dación en pago".

Entre las fincas se encontraba, según consta en las conclusiones iniciales de esa parte acusadora, "el derecho de vuelo sobre la planta baja de tres bloques de la promoción Terrazas de Torreblanca", en Fuengirola, cuyo embargo preventivo se ordenó por un juzgado, aunque no se pudo trabar por esa dación en pago.

Esta parte considera que ese derecho de vuelo cedido "sólo tiene valor real dentro del patrimonio de Aifos, pues se refiere a una de sus construcciones ya realizadas", por lo que concluye que "el traspaso de la misma a título gratuito solo puede esconder una clara intención de evitar, precisamente, su embargo por los acreedores" de la promotora.

Esta causa fue archivada dos veces por el juzgado, pero la Audiencia decidió en marzo de 2014 reabrirla, al considerar que, aunque no se había ordenado aún el embargo cuando se produjo la dación, en aquellas fechas "ya se habían iniciado unas 400 reclamaciones contra Aifos", por lo que "era previsible que se produjera la situación de insolvencia que dio lugar al concurso".

La acusación particular incide en el planteamiento expuesto por la Audiencia en cuanto a que los acreedores vieron "dificultado" el cobro de sus derechos de crédito "con la actuación del imputado" y se vieron obligados "a la espera de lo que se resuelva en el procedimiento concursal lo que posiblemente no habría sucedido si la cesión de bienes no se hubiese producido".

Por esto, esta parte considera que los hechos se corresponden con un delito de insolvencia punible, por el que pide que se condene a Ruiz Casado a cuatro años de cárcel y multa de 20 meses. Además, se solicita que estos dos compradores sean indemnizados con la cantidad de 69.000 euros, cifra por la cual figuraban como acreedores dentro del concurso de Aifos.

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