Discapacidad

Café en la barra o en la mesa

  • Las personas con discapacidad pagamos por multitud de servicios que no están a nuestra disposición o que lo están sólo parcialmente, bien por falta de accesibilidad o por deficiencias que limitan su uso

NO hace muchos días conversaba con un amigo sobre las comisiones bancarias que a todos nos cobran y muy pocos conocemos el motivo. Con cierto tono de indignación relataba como últimamente y a consecuencia de la situación económica que vivimos, se había preocupado de repasar los cobros que le efectuaban periódicamente. A nadie le gusta pagar este tipo de comisiones, y sin duda, en estos tiempos uno repasa una y mil veces las cuentas buscando ahorrar hasta el último céntimo. Quien no recuerda aquellos tiempos en los que cuando te preguntaban si habíamos cobrado, uno contestaba con cara de asombro que no tenía ni idea.

Pero si algo tiene de bueno el homo sapiens es la adaptación al medio. Ya lo dijo Darwin, no sobrevive el más fuerte, sino el que más capacidad de adaptación tiene. Y de adaptaciones o de sobrevivir sabemos mucho las personas con discapacidad, porque además de abonar como todo hijo de vecino el canon que a todos nos cobran las entidades bancarias, administraciones, etc., también pagamos por multitud de servicios que no están a nuestra disposición o que lo están sólo parcialmente, bien por una falta de accesibilidad o por ciertas deficiencias que limitan su uso.

Y ante esta situación la pregunta es evidente; ¿se deben abonar las cuotas, canon, entradas, matrículas o servicios que no podemos utilizar o que los usamos sólo parcialmente? Es decir, ¿me puedo negar a pagar por instalar un ascensor en mi comunidad de propietarios, si por ejemplo vivo en el primero y decido que no voy a utilizarlo, o debo pagar, pero mucho menos que el que vive en el octavo porque está claro que lo voy a utilizar mucho menos que él?

Parece claro que la convivencia en comunidad me obliga moral y legalmente a abonar las cuantías que se decidan sobre la modificación y mantenimiento de los elementos comunes, pero ¿qué ocurre cuando no es así? O sea, ¿qué ocurre cuando no se trata de comunidades de propietarios, sino de edificaciones o servicios públicos que carecen de accesibilidad? Por ejemplo, ¿debo pagar la misma tarifa en el Museo Picasso, aunque tenga que entrar por una puerta diferente a la convencional de entrada y aunque no pueda acceder a determinadas salas?

Ayer me cobraron 1,43 euros por un café en un bar del centro, hasta aquí nada de anormal, sin embargo, la situación se complicó cuando le pregunté al camarero que porque no se redondeaba la cuenta, que me parecía una cantidad rara. Y es aquí donde se me encendió la bombilla, ante su contestación: "El café en la barra cuesta 1,30 euros, y en mesa un 10% más". El único problema es que la cafetería adolece de barra accesible por lo que me veo obligado a usar una mesa para tomarme el café. ¿Puedo pedir que me cobren lo mismo que en la barra? Es más, ¿puedo pedir que me hagan un descuento por no utilizar las sillas del bar? ( je, je, je).

Estamos acostumbrados a abonar servicios que no recibimos o que los recibimos de forma parcial, y no solemos reclamar aquello que deben proporcionarnos, porque volviendo al tema, ¿debemos pagar por la entrada del cine como el resto de la gente, aunque no veamos bien la pantalla y no dispongan de audiodescripción? ¿Y si tampoco hay subtitulado para sordos, o si no puedo elegir donde ponerme porque voy en silla? Ahora entiendo por qué apenas voy al cine, y no por el precio de la entrada, (que también).

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