Málaga

Cargan contra la Junta por el trámite ambiental del hotel del puerto

  • La Academia de San Telmo cree que la vía simplificada elegida por Medio Ambiente crea "indefensión" y es "contraria a derecho"

Infografía del diseño previsto para la torre hotelera en el puerto de Málaga.

Infografía del diseño previsto para la torre hotelera en el puerto de Málaga.

La suma de voces que cuestionan la decisión de la Delegación de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía de elegir el camino más corto para tramitar la evaluación ambiental del hotel rascacielos en el puerto de Málaga va en aumento. Si el pasado mes de julio fue el Comité Nacional Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos) el que reclamó que se modificase el procedimiento y se optase por el procedimiento ordinario (unos 18 meses) frente al simplificado, ahora es la Academia de Bellas Artes de San Telmo la que realiza una exigencia semejante.

Por medio de un recurso de alzada presentado el pasado jueves ante la Junta, el ente justifica esta demanda en que la modificación de elementos que es objeto de la citada evaluación ambiental tiene carácter "estructural" sobre el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de la ciudad, al posibilitar la misma "un uso privado, vía concesión, en un suelo dotacional de dominio público". A ello añade la afección que a su juicio tal propuesta tendrá sobre el dominio público marítimo terrestre, "la singular y excepcional altura prevista y el grave perjuicio que irrogaría al skyline de la ciudad".

La academia cree que el "impacto" del edificio transformará "la imagen histórica de la ciudad"

Tomando como punto de partida estas premisa, la Academia de San Telmo concluye que la aplicación del procedimiento simplificado, con una tramitación de apenas cuatro meses, por parte de Medio Ambiente "no es ajustada a derecho". En este sentido, incluso apostilla que la confirmación de esta vía "nos llevaría a la más absoluta indefensión y, con ello, a la infracción del artículo 24 de la Constitución Española", relativo a al derecho de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

Dentro de un segundo capítulo de motivo de reclamación, el organismo académico alude a la falta de motivación esgrimida por parte de Medio Ambiente en su resolución, adoptada el pasado mes de julio. Una ausencia de motivación que, para los alegantes, hace que cualquier resolución sea "arbitraria puesto que al no explicarse el fundamento de la misma, no podrá saberse en qué se sustenta legalmente, lo que directamente nos lleva a la más absoluta indefensión". Y por ende, entiende que es "contraria a derecho".

En última instancia, concluye la "improcedencia" de la tramitación simplificada para esta modificación de elementos, dada la "irreversibilidad" de lo que se propone ejecutar sobre los suelos del dique de levante. "Fuesen cuales fueren las características concretas de la actuación, su altura, su calidad arquitectónica o la ausencia de ella, el impacto medioambiental en la imagen histórica de la ciudad es de tal magnitud que la transforma radicalmente en otra", añaden desde la academia, al tiempo que apostillan: "no alcanzamos a comprender a qué obedecen las prisas que (…) venimos observando y no se nos alcanza a saber cuáles deben ser las razones para contraer el expediente al trámite simplificado; el asunto no es baladí, puesta modificación requiere del debate sosegado y sereno de toda la sociedad malagueña".

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