Málaga

Condenada una pareja por estafar a pequeños empresarios

  • Prometían trabajos de promoción en internet que cobraban, pero no realizaban

La Audiencia de Málaga ha condenado a una pareja por estafar a varios pequeños empresarios con los que contrató la realización de trabajos de promoción a través de Internet o redes sociales que no llegaron a realizar, aunque sí cobraron. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los acusados se concertaron y, "aparentando una solvencia de la que carecían y con ánimo de ilícito beneficio", idearon un negocio de colaboración externa de prestación de servicios a otras empresas.

El objeto era la promoción, estudios de mercado, marketing on line, comercio electrónico y creación de redes sociales. El acusado era quien se ganaba "la confianza de los potenciales clientes, todos autónomos o propietarios de pequeños negocios, aprovechando que se trataba de personas que atravesaban por dificultades económicas". Se presentaba como experto informático con amplia proyección empresarial y cartera de clientes, tras lo que hizo múltiples contratos, "para enriquecerse con el importe de las cantidades que los clientes entregaban, con la convicción de que servirían para el pago de los servicios convenidos", dice la resolución.

La acusada, que era su pareja, asumía ante los clientes la función de ser la encargada de realizar los trabajos, diseñar catálogos y páginas web, señala la sentencia, además de que era titular de la cuenta donde uno de los clientes hizo un ingreso por los servicios contratados. Así, uno de los contratos que firmaron fue en septiembre de 2013 con una empresa de modas para la creación de una plataforma de ventas de la marca en Sudamérica, con inicio en Paraguay, mediante comercio electrónico; así como la creación de canales en redes sociales y a desarrollar campañas de publicidad.

Tras la última reunión para concretar el proyecto y después de que el cliente ya había efectuado varios pagos por valor de más de 5.200 euros, "los acusados desaparecieron y sin haber verificado el mismo". Ocurrió lo mismo con un taller y otro negocio de las localidades malagueñas de Alhaurín de la Torre y Benalmádena.

Para la Sala, en el momento de concertar dicho contratos, los acusados "tenían la intención de apoderarse de las cantidades de los clientes sin ánimo de cumplir sus obligaciones"; apuntando que no consta que haya realizado o culminado ninguna operación ni que hayan devuelto el dinero a los denunciantes, pese a las reclamaciones. Por estos hechos, se les condena a ambos por un delito de estafa. En el caso del hombre, el Tribunal considera que él fue "el auténtico autor de la estafa, al haber organizado y controlado todo el artificio la maquinación defraudatoria", apareciendo "como la cabeza visible de la empresa".

Por su parte, en lo que respecta a la mujer, se le considera autora del delito de estafa por cooperación necesaria, ya que "llevó a cabo actos que no son accesorios o periféricos". Así, "además de ser administradora única de la entidad, se encargo de dar apariencia a la ejecución de los trabajos contratados". Asimismo, la acusada contribuyó con su conducta "de un modo consciente y eficaz, a la realización de la maquinación fraudulenta" y "se benefició de la misma, pues admitió que recibió en una cuenta bancaria de la que es titular una de las transferencias realizada por un cliente. De esta forma, al hombre se le impone la pena de dos años y seis meses de prisión y a la mujer, un año de cárcel. Asimismo, se les condena a que ambos indemnicen, conjunta y solidariamente, a los clientes con las cantidades defraudadas.

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