Málaga

Málaga recibe ya más de 2.000 solicitudes al plan de ayudas a comercios y bares afectados por el Covid

  • El montante global es de 5 millones de euros, con una aportación máxima de 3.000 euros por negocio

Un cliente recoge un café para llevar en una cafetería de Málaga capital.

Un cliente recoge un café para llevar en una cafetería de Málaga capital. / Marilú Báez

El número de solicitudes recibidas por el Ayuntamiento de Málaga para optar a las ayudas previstas para pequeños comercios y negocios de hostelería afectados por el Covid se dispara ya por encima de las 2.000. Éste es el dato aportado ayer por la concejala del departamento, Elisa Pérez de Siles, confirmando el manifiesto interés despertado por este plan municipal. El mismo cuenta con una aportación de 5 millones, fijando la posibilidad de conceder aportaciones máximas de 3.000 euros.

La edil admitió que la elevada cifra de demandas no supone una sorpresa en el área. "Era lo que estaba previsto", comentó. Habrá que esperar a que se cierre el periodo de entrega, que era de 20 días, para precisar cuáles los negocios que más han acudido a esta línea de acción, así como cuáles de todos los peticionarios cumplen con los requisitos exigidos.

Entre ellos está el de demostrar una reducción en la facturación. En este sentido, las bases fijan una horquilla de la subvención en función de estas pérdidas. En el supuesto de que el peticionario constate una reducción de entre el 30% y menos de un 40%, la ayuda será de 2.000 euros. La cuantía crecerá hasta los 2.500 euros si la caída de la facturación se encuentra entre el 40% y el 60%, y será de 3.000 euros si este porcentaje es superior al 60%.

Se detalla que una misma persona, física o jurídica, tan sólo podrá percibir una ayuda de la cuantía anteriormente señalada y con los límites antes expresados, por cada uno de los establecimientos de los que sea titular en este municipio, y ello con independencia de que pudiera  desarrollar en éstos distintas actividades.

¿Quiénes se suenen beneficiar? Sobre este particular, en la publicación del BOP se precisa que lo podrán ser las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, legalmente constituidas a fecha 1 de marzo de 2020, que reúnan distintos requisitos, entre ellos que cuya actividad sea de comercio o de hostelería ejercida en un establecimiento del municipio de Málaga, que hayan producido el cierre de la actividad al público o limitación de éste en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 del R.D. 463/2020, de 14 de marzo.

A esto hay que sumar que estén encuadrados en el comercio al por menor en sus múltiples tipologías; en cafeterías; cafés y bares, con y sin comida; servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías; agencias de viajes; enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior, instalaciones deportivas y servicios de perfeccionamiento del deporte; lavanderías, tintorerías y servicios similares; salones de peluquería e institutos de belleza; servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias; o de similares características.

Asimismo, entre otros requisitos, que resulten obligadas al pago por las actividades desarrolladas en el referido establecimiento de la tasa (enero de 2020) o de la prestación patrimonial de carácter público no tributario (desde julio de 2020) por el servicio de recogida de basuras por actividades económicas con una superficie de hasta 300 metros cuadrados y se encuentren al corriente de pago de las mismas; así como que su facturación correspondiente al año 2020 haya disminuido al menos un 30% en comparación con el año 2019.

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