Málaga

Recurrirán la condena al guardia civil que causó un triple accidente mortal en la A-7

  • Fue castigado con cuatro años de cárcel por tres delitos de muerte por imprudencia y nueve de lesiones

El guardia civil, el día de su detención.

El guardia civil, el día de su detención. / Daniel Pérez/Efe

La defensa del agente de la Guardia Civil condenado por el accidente en el que murieron tres personas y varias resultaron heridas ocurrido en junio de 2017 en la A-7 a la altura de la localidad malagueña de Torremolinos recurrirá la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga que le impuso cuatro años de cárcel.

La sentencia condenó al acusado por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas, otros de conducción temeraria, tres delitos de muerte por imprudencia grave y nueve delitos de lesiones imprudentes. Además de la pena de prisión, se le impone la prohibición de conducir durante cinco años con pérdida de vigencia del permiso.

Según ha asegurado su letrado defensor, Antonio Ortiz, en declaraciones a Europa Press, los argumentos de recurso irán hacia la valoración de la prueba, al considerar, en primer lugar, que "no está acreditado ni un consumo previo de drogas ni de alcohol que influyeran en la conducción", apuntando que las "actas de sintomatología de estas sustancias son absolutamente normales".

Asimismo, el letrado ha señalado que también se aludirá a que "no se ha tenido en cuenta por parte del magistrado, en cuanto a la relevancia que pudiera tener en la producción del resultado final", el hecho de que "lamentablemente, las víctimas no hacían uso del cinturón de seguridad lo que fue puesto de manifiesto por los agentes y los atestados".

Los hechos sucedieron a finales de junio de 2017. Según se declara probado en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el acusado había ingerido previamente bebidas alcohólicas y una alta dosis de cocaína, "lo que afectó a sus facultades psicofísicas para la conducción y el control del vehículo".

Así, "por el estado de excitación en el que se encontraba y con inobservancia de la diligencia más indispensable y cautela", circulaba por el carril izquierdo de la autovía "a una velocidad muy alta, 149 kilómetros por hora, cuando la vía tiene una limitación genérica de 120 y una limitación específica en ese tramo de 100 kilómetros por hora", dice la resolución.

En un momento dado, y tras rebasar por la izquierda a un vehículo, el acusado empezó a retornar hacia el carril derecho de la vía, impactando por alcance con otro coche. Tras el impacto, "y dada la alta velocidad a la que circulaba el acusado", continuó su marcha hasta invadir la zona de exclusión a la circulación "para introducirse en el carril izquierdo de la AP-7 por el que avanzaba un taxi".

El vehículo del acusado colisionó contra ese taxi que tras el golpe se desplazó hacia la derecha y comenzó a dar vueltas de campana saliendo despedidos cinco de sus ocupantes, según la sentencia, apuntando que a causa del accidente fallecieron un hombre y una mujer de Bahrein y otra mujer de Kuwait, con vínculos familiares; mientras otras nueve personas resultaron heridas.

Los agentes de la Guardia Civil que acudieron observaron que el hombre "presentaba síntomas de encontrarse bajo la influencia del consumo de bebidas alcohólicas y drogas". Posteriormente, las pruebas dieron positivo.

Además de la pena de prisión y la retirada del carné, se respeta el acuerdo alcanzado por parte de la acusación particular, en representación de las víctimas; el fiscal y la compañía de seguros en cuanto a las indemnizaciones, por lo que se condena al procesado y la aseguradora a pagar de forma solidaria a los perjudicados las cantidades fijadas, que suman alrededor de 1,4 millones de euros.

El fallo considera probado que conducía bajo los efectos del alcohol y las drogas

El magistrado señaló en su sentencia que la recogida de muestras para las pruebas de alcohol y drogas se realizó de forma "escrupulosa", por lo que para el juzgador queda probado que conducía bajo los efectos del alcohol y las drogas, lo que causó el accidente, junto a que también iba a una velocidad "muy por encima de la permitida".

Además, consideró que el hecho de que los fallecidos y los lesionados llevaran o no puestos los cinturones de seguridad "en nada minora la gravedad de la conducta del acusado". "Con su actuar, produjo como resultado el fallecimiento de tres personas y las lesiones graves de otras tantas, hecho objetivo e incontestable", manifiesta la resolución.

El juez señaló que al haberse celebrado ya el juicio y tras dictarse la sentencia, "el riesgo de fuga para sustraerse a la acción de la justicia no puede motivar el mantenimiento de la situación de prisión provisional, como tampoco la destrucción de pruebas", por lo que acuerda la libertad provisional por esta causa, teniendo que comparecer cada 15 días en los juzgados.

Este acusado tiene ya otra condena por hechos similares. Así, el Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga le impuso un año y medio de cárcel por conducir bajo los efectos del alcohol y colisionar en mayo de 2014 con su vehículo contra otros, tras lo que huyó del lugar sin someterse a las pruebas de alcoholemia. Esta sentencia está recurrida también.

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