Marbella

El Supremo confirma la condena al ex secretario de Marbella y su hija por la adjudicación irregular de un piso

  • La pena es de nueve meses de prisión y cuatro años y medio de inhabilitación 

  • También se condena a Julián Muñoz

El ex secretario de Marbella, en el centro de la imagen, habla con Julián Muñoz durante un juicio en una imagen de archivo.

El ex secretario de Marbella, en el centro de la imagen, habla con Julián Muñoz durante un juicio en una imagen de archivo.

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado las penas de nueve meses de prisión y cuatro años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público para el ex secretario del Ayuntamiento de Marbella Leopoldo Barrantes y la hija de éste y administrativa en la Corporación por la adjudicación directa e irregular a esta última de una vivienda en 2000.

Así, se ratifica la condena de la Audiencia de Málaga de 16 de junio de 2017, que los condenó a los dos acusados como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso con otro de fraude, según han informado desde el Alto Tribunal.

La resolución no fue recurrida ante el Supremo por el tercer procesado, Julián Muñoz

La resolución no fue recurrida ante el Supremo por el tercer procesado, el ex alcalde marbellí Julián Muñoz, que fue condenado como autor de un delito de prevaricación en concurso con otro de fraude a la misma pena que los otros dos de nueve meses de prisión y cuatro años y medio de inhabilitación especial. A los tres les fue aplicada la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

En concepto de responsabilidad civil, los tres acusados deberán abonar solidariamente al Ayuntamiento de Marbella la cuantía de 45.866,90 euros, y la hija del que fuera secretario municipal deberá abonar, además, la cantidad de 3.521 euros a la Corporación.

Según los hechos probados de la sentencia de Málaga, en abril de 2000, con el visto bueno del entonces secretario municipal, Leopoldo Barrantes, Muñoz adjudicó directamente un piso a la hija del habilitado nacional. La operación se hizo sin iniciar procedimiento alguno y contraviniendo la normativa al respecto para beneficiar a la acusada omitiendo cualquier posibilidad de concurrencia.

"Resulta así que dicha adjudicación directa obedecía al acuerdo entre todos los acusados", dice la sentencia ratificada, con el fin de que la procesada obtuviera "un beneficio, al adjudicársele un bien inmueble, a un precio inferior del real de mercado, en perjuicio del Ayuntamiento de Marbella".

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