Málaga

Un hotel deberá indemnizar el robo de una caja fuerte

El Tribunal Supremo ha confirmado que la empresa propietaria del hotel Torrequebrada de Benalmádena tiene que indemnizar a unos clientes a los que les robaron dinero, joyas y fichas de casino de la caja fuerte de su habitación por valor de más 57.000 euros con la cantidad total de los perjuicios reclamados.

Así lo ha acordado la sala de lo civil del TS en una resolución, en la que desestima el recurso de la empresa hotelera contra la dictada en 2000 por la Audiencia de Málaga, que le había condenado a indemnizar a los clientes por los daños y perjuicios producidos en total y con una cantidad que se fijaría en ejecución de sentencia.

Según explica la sentencia, los hechos tuvieron lugar el 13 de febrero de 1997 cuando un matrimonio sufrió la sustracción de los referidos efectos particulares del interior de la caja fuerte de la habitación del hotel en el que se alojaban.

Los clientes del establecimiento reclamaron una indemnización por daños de 36.000 euros u otra cantidad mayor o menor que resultara del periodo probatorio.

Pero el juzgado de primera instancia número 4 de Torremolinos condenó al hotel a abonarles sólo 3.005 euros al estimar que ésta era la cantidad que operaba como límite de la responsabilidad del hotel, lo que recurrieron los clientes y aceptó la Audiencia Provincial de Málaga.

Para la Audiencia de Málaga el establecimiento hotelero no cumplió con el deber legal de advertir previamente a los huéspedes de que su responsabilidad por el posible robo de efectos depositados en las cajas fuertes de las habitaciones se encontraba limitada cuantitativamente a la suma de 3.005 euros, lo que confirma ahora el Alto Tribunal.

Para el TS la decisión de la Audiencia es "plenamente ajustada" a tenor del artículo 1.783 del Código Civil.

Dicho artículo establece que la responsabilidad del hotelero, como depositario, depende tanto de que los clientes comuniquen los efectos al depositar su cargo, como de que observen las prevenciones que dichos hoteleros les hagan acerca del cuidado y vigilancia de los efectos entregados bajo su custodia.

"Para que el hotel pudiera exonerar su responsabilidad en este caso debía acreditar que el cliente no respetó tales deberes legales", concluye el Supremo en su escrito.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios