Málaga

Un juez niega a un médico de familia la objeción al aborto porque no los hace

  • El magistrado, el mismo que cerró la instrucción del caso Malaya, entiende que entre la "afectación periférica" de la conciencia del facultativo y el interés público de la asistencia sanitaria es éste el que debe prevalecer

El juez Oscar Pérez -el mismo que cerró la instrucción del caso Malaya- ha dictado un auto que aviva el debate sobre el aborto. La resolución niega a un médico de familia la objeción de conciencia para no informar ni derivar en casos de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) con dos argumentos: porque no está implicado directamente en la IVE y porque entre la "afectación periférica" de su conciencia y el interés público de la asistencia sanitaria éste es el que debe prevalecer.

El pronunciamiento del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga no es una sentencia. Es un auto que deniega las medidas cautelares que pedía un médico de un centro de salud de Antequera para no tener que informar ni derivar a pacientes interesadas en interrumpir su embarazo.

El juez apunta en el auto que "no puede olvidarse la condición de empleado público del recurrente, ni la obligación que tiene el Estado de permitir -en difícil equilibrio- la libertad de conciencia de todos los ciudadanos, facilitando la coexistencia de aquellos que han alcanzado la convicción de que la IVE es contraria a sus creencias ideológicas y religiosas como de los que no han llegado a tal entendimiento". El magistrado estima que la afectación de la conciencia del facultativo de familia es "periférica" al "limitarse su quehacer a una tarea informativa y derivación de la mujer, sin estar implicado directamente en la IVE". Pérez añade en su auto que entre la "afectación periférica" de la conciencia del facultativo y "el interés público que representa la atención adecuada en el sistema sanitario público" de las mujeres que desean información sobre la IVE, "éste ha de tener prevalencia, por lo que la pretensión cautelar ha de ser desestimada".

Todo surgió a raíz de una resolución de la gerencia del Área Sanitaria Norte -de la que depende el ambulatorio de Antequera centro- del pasado 18 de diciembre. Este pronunciamiento de la Administración sanitaria negaba al facultativo que pudiera objetar argumentando que la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva (LO 2/2010) solo amparaba a los profesionales directamente implicados en los abortos, que no era el caso de Manuel Resa Alcalá. El facultativo acudió entonces a la vía judicial por lo contencioso y pidió unas medidas cautelares.

El auto, de fecha 29 de marzo pasado, da de momento la razón a la Administración sanitaria. Ayer, en declaraciones a la Ser -la cadena que dio a conocer la resolución judicial- la consejera de Salud de Andalucía, María Jesús Montero, calificó de "muy importante" el pronunciamiento en tanto prevalece el derecho a una atención adecuada de la mujer. Además, destacó que la Administración sanitaria "tiene la obligación" de garantizar el derecho a la asistencia sin que se "enrede" a las usuarias.

El Colegio de Médicos de Málaga precisó ayer que en la provincia hay 34 facultativos objetores al aborto, entre los que la mayoría son ginecólogos y médicos de familia.

En 2009, el último año del que existen datos, se practicaron en Málaga 4.977 abortos. La cifra supuso un 4% menos con respecto a 2008 y un punto de inflexión después de una década de constante crecimiento. Sin embargo, de 2000 a 2009 aumentaron las abortistas reincidentes, ya que en aquel año eran el 22% del total y al final de la década, ascendían al 37%.

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