Provincia

Una sentencia anula la aprobación de los Presupuestos de Torremolinos

  • Ordena que en el próximo Pleno se debatan de nuevo las alegaciones y el visto bueno final

Pleno de Torremolinos, en una imagen de archivo.

Pleno de Torremolinos, en una imagen de archivo. / E. M.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Málaga ha anulado el acuerdo plenario adoptado en julio del año pasado por el que se aprobaron de manera definitiva los Presupuestos del Ayuntamiento de Torremolinos. El juez considera vulnerados los derechos de la oposición al incluir por la vía de urgencia en el orden del día una moción para desestimar las alegaciones presentadas por el PP y aprobar de forma definitiva las cuentas municipales avisando de ello la noche anterior a través de un mensaje y remitiendo la documentación necesaria a tan solo cuatro minutos antes de que diera comienzo el pleno. Por ello, obliga al equipo de gobierno a volver a negociar este punto en el próximo pleno ordinario.

Según se recoge en el escrito, la primera teniente de alcalde y concejal de hacienda, Maribel Tocón, envió un mensaje de whatsapp a los concejales de la oposición a las 21:50 horas del día anterior a la celebración del pleno informándoles "de su intención de incluir por urgencia en el pleno la aprobación definitiva del presupuesto municipal". En dicho mensaje, se indicaba que "ni siquiera en ese momento se dispone de la documentación necesaria a tal efecto" como era el informe técnico de la intervención municipal sobre las alegaciones y propuestas presentadas por el concejal recurrente contra la aprobación provisional del presupuesto que tuvo lugar un mes antes, "y que dispondría de dicha documentación poco antes del inicio del pleno, como así ocurrió finalmente a unos pocos minutos de su comienzo", en concreto a las 9:56, a solo cuatro minutos de que diera comienzo la sesión.

El documento recoge además que la interventora municipal "accidental" solicitó que "se dejase sin efecto" el punto "al entender que los motivos reales para dicha inclusión repentina no eran de urgencia" sino de "simple y pura conveniencia". Por su parte, la secretaria municipal emitió un informe in voce en el pleno "sobre la procedencia legal de dejar el punto sobre la mesa" en el que reconoce la "excepcionalidad" del tramite de urgencia, pero considera que se daban las "circunstancias excepcionales" que justifican la urgencia, ya que el "Ayuntamiento lleva sin presupuestos desde hace dos años, hay un plan económico-financiero que se ha tenido que aprobar, no cumplimos la ley de racionalización del gasto y sostenibilidad económico-financiero" a lo que había que añadir que se encontraba vigente el presupuesto prorrogado.

Por todo ello, el juez estima que "voluntaria o involuntariamente" se ha cercenado el derecho a la oposición puesto que "no hubo tiempo ni legal ni material para decidir el sentido del voto y tratar de convencer a otros grupos sobre ello". Así, anula el acuerdo alcanzado y ordena la inclusión del punto relativo a las alegaciones y la aprobación definitiva de los presupuestos de 2017 en el próximo pleno.

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