Todos debemos contribuir según nuestra capacidad económica, pero este es un concepto impreciso y difícil de medir. El indicador más evidente es el ingreso o la renta del periodo, pero también el patrimonio, es decir, la riqueza acumulada a lo largo del tiempo, o de forma indirecta a través del consumo. A final, todo sistema fiscal con pretensiones de ser equitativo ha de contar con impuestos que graven las rentas y los beneficios, el valor de los bienes raíces y las transacciones de capital, así como el gasto en consumo. El problema es combinarlos adecuadamente.

Una regla que admite poca discusión es que dos individuos en similares circunstancias económicas y personales deben ser tratados de idéntica forma por Hacienda (equidad horizontal) y recibir los mismos beneficios, con independencia de otras circunstancias, como el lugar de residencia. Pero la igualdad no es lo mismo que la equidad. La primera implica que todos pagan lo mismo, pero la equidad también exige un tratamiento diferente cuando las capacidades son distintas (equidad vertical). El IVA nos trata a todos igual porque pagamos la misma tarifa cuando consumimos bienes y servicios, pero no es equitativo. Lo son los impuestos sobre el beneficio de las sociedades, porque la tarifa es proporcional, y sobre la renta, porque es progresiva (la tarifa aumenta con la renta).

En general, la equidad del sistema aumenta con el peso de los impuestos directos (Sociedades e IRPF, en el caso de España) y disminuye con el de los indirectos (IVA y Especiales). Nuestra presión fiscal es muy volátil y menor que en el conjunto de la Unión Europea, aunque el esfuerzo fiscal (presión fiscal ponderada con la renta per cápita) es elevado, sobre todo si nos comparamos con los países más ricos de la Unión. El sistema fiscal español es, sin embargo, relativamente equitativo, debido a que el peso de la recaudación por IRPF, Sociedades y por contribuciones a la seguridad social, también de carácter proporcional, con respecto a la recaudación por IVA y otros impuestos sobre el consumo, es mayor que en otros países de la Unión.

Un enfoque alternativo a la capacidad económica como criterio básico de equidad es el del beneficio fiscal, que plantea la consideración simultánea de ingresos y gastos públicos. Quienes más contribuyen a sostener el gasto del estado deben ser también los que más se beneficien, que es lo que defiende el criterio de ordinalidad que desde Cataluña se insiste en trasladar al futuro sistema de financiación de las autonomías. El problema es que implicaría la renuncia a la política redistributiva del estado, desbaratar el concepto clásico de equidad fiscal y un grave perjuicio para Andalucía y otras comunidades españolas atrasadas.

Otro enfoque alternativo de equidad se relaciona con la igualdad de oportunidades y la movilidad social, es decir, la posibilidad de ascender por la escala social, con independencia de la familia o el territorio en el que se nace y que implica, sobre todo, corregir la desigualdad en el sistema educativo. Recuerda al sueño americano, que, por cierto, en estos momentos es más fácil realizar en Canadá o en Europa que en los propios Estados Unidos.

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