Los lideres del procés afirman que la "persecución judicial" que sufren sus mártires independentistas es algo sin parangón entre los países de la UE. Pero, como nadie ignora, lo único verdaderamente insólito es que, en una democracia consolidada y un Estado de Derecho homologable al de las democracias más avanzadas -según todos los indicadores internacionales-, un gobierno regional dé un golpe de Estado y declare una república independiente en su comunidad autónoma. Eso sí que no tiene precedentes, habría que retrotraerse al populismo golpista en la Alemania de la República de Weimar. Que existan políticos encarcelados y fugados es sólo la consecuencia lógica de todo ello. Tan insólito fue lo sucedido en las instituciones catalanas, en septiembre y octubre del año pasado, tan inimaginables desde cualquier lógica democrática que, según parece, a nuestros legisladores les faltó imaginación para tipificar figuras delictivas con las que poder sancionar con la precisión necesaria tales desafueros. Tampoco el tribunal alemán los ha podido encajar en su Código Penal. En definitiva, como no podemos esperar que los independentistas se reformen, deberíamos empezar a reformar nuestro Código Penal.

Como todo en la UE la euroorden es, en materia de extradición, el resultado híbrido de la tensión entre la prevalencia de lo nacional o lo comunitario. Entre quienes quieren proteger las leyes nacionales frente a los que apuestan por ampliar el espacio de justicia europeo. También, pasando al poder judicial, para que decida con sus ojos vendados, las solicitudes de extradición los gobiernos se evitan tener que decidir sobre asuntos tan espinosos. Consecuencia de todo ello es que, por un tecnicismo jurídico, los fugados, acusados de dar desde el poder institucional un golpe para romper la unidad territorial de un Estado de la UE, mediante el establecimiento de nuevas fronteras, no podrán ser juzgados por tan gravísimos delitos. Se supone, que la legislación de todos los países miembros debe cumplir unos mínimos que garanticen la protección de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos de la UE. Pero si, por el contrario, los jueces tienen que proteger a los acusados, sobre los que se dicta una euroorden, de los abusos que contra sus derechos puedan cometer jueces de otros países con los que comparten un mismo espacio político, económico y social, lo que habría que preguntarse es ¿por qué existe la euroorden?

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