Res Pública

José Antonio Montilla

montilla@ugr.es

Eutanasia

No se puede pretender que una concepción religiosa de la vida se transforme en una ley aplicable a todos

Hace unos días se aplicó por primera vez en Andalucía la ley de la eutanasia. Han pasado diez meses desde que se aprobó la ley y siete desde su entrada en vigor. Sin embargo, en Andalucía aún no se había aplicado. El motivo es que ha sido la última Comunidad Autónoma en crear la Comisión de Garantía y Evaluación, el organismo que debe valorar la solicitud y los informes de los facultativos. No ha sido por dejadez administrativa sino por razones ideológicas y religiosas. Se ha estado retrasando la aplicación de esta Ley al no crear el organismo autonómico cuya intervención es imprescindible para que se pueda ejercer el derecho.

La Ley Orgánica de regulación de la eutanasia supone la culminación de la lucha de muchas personas para que se reconozca el derecho a la propia muerte. Muchos son familiares que han visto sufrir hasta lo insoportable a sus seres queridos o que, incluso, los han ayudado a morir a sabiendas de las consecuencias penales de su actuación. No se puede frivolizar con estas situaciones y hasta me cuesta entender que haya personas opuestas al reconocimiento de este derecho. Me explico. Quienes consideran que la vida y la muerte sólo dependen de la voluntad de Dios no estarán de acuerdo con la eutanasia. Pero deben aceptar que otros sólo vemos en este supuesto a personas que sufren, de una forma irreversible e insoportable, y quieren, con plena conciencia de sus actos, poner fin a ese sufrimiento, sin que, con ello, perjudiquen a nadie. No se puede pretender que una concepción religiosa de la vida se transforme en ley aplicable a todos. Eso es 'talibanizar' la política y, en el caso de España, retroceder al Estado confesional del franquismo, superado con la Constitución de 1978.

La ley de eutanasia aprobada en España es equilibrada. Puede ejercer el derecho la persona que sufra una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante que le genere, en cualquiera de los casos, un sufrimiento constante e insoportable. Y el procedimiento es garantista, con intervención de dos facultativos distintos. Fueron aspectos muy debatidos durante la tramitación parlamentaria hasta conseguir el apoyo de más de 200 de los 350 miembros del Congreso. Por ello, cuando una persona con plena conciencia de sus actos quiere ejercer este derecho, los poderes públicos deben prestar su apoyo para que este tránsito se produzca de una forma digna, sin trabas ni demoras. Y a la ciudadanía en general sólo debe pedirse respeto al ejercicio de un derecho subjetivo que solo afecta a la persona que lo ejerce.

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