Tiempo Un frente podría traer lluvias a Málaga en los próximos días

HEMOS dejado atrás la imagen de Madrid sitiada por la suciedad y la basura y comenzamos a contar los días que faltan para que esa postal pueda ser la de las calles y plazas de Málaga. Porque, aunque queramos olvidarlo, sabemos que conforme nos acercamos a la Navidad también avanzamos hacia la anunciada huelga de Limasa. De nuevo un servicio público esencial suspendido en la incertidumbre de la resolución de un conflicto laboral. Y ahí aparecemos los ciudadanos como rehenes de pretensiones justas o excesivas de los trabajadores o de posiciones intransigentes o razonables de la empresa concesionaria. El caso es que la fuerza de estos futuros huelguistas no es el daño económico que le producen a la empresa, que éste siempre fue el verdadero sentido de una huelga, sino que la moneda de cambio del conflicto planteado es el nivel de sufrimiento, incomodidad, insalubridad, daño a la imagen y a los negocios de sufridos y pacientes ciudadanos que nada tienen que ver en el conflicto. Estamos ante una distorsión de la motivación inicial de una huelga: hemos convertido los efectos secundarios de la misma en el arma esencial de su éxito. De ahí que en muchas ocasiones se pretenda el mayor impacto, que es tanto como decir el mayor daño ciudadano, buscando fechas que sean nocivas y dañinas, no para la empresa, sino para los ciudadanos.

Podemos teorizar sobre si es legítimo el efecto causado por una huelga de estas características o si ese derecho laboral tendría que verse limitado en situaciones de un daño social desproporcionado. Puede que las limitaciones actuales, preaviso y servicios mínimos, no sean suficientes elementos para equilibrar el perjuicio ciudadano producido con los beneficios laborales a conseguir. Y esta desproporción es la que explica en muchas ocasiones los derechos, rayanos en privilegios, que algunos colectivos disfrutan. Posiblemente elementos obligatorios de mediación y arbitraje sería necesario introducir en la resolución de conflictos laborales en estos ámbitos de servicios esenciales. Y esta quizás sea una reforma tan necesaria como aplazada.

Pero si hablamos de servicios públicos esenciales y la posibilidad de modificar el derecho de huelga, resulta obligatorio exigir que la gestión y dirección de dichos servicios no esté en ningún caso en manos privadas, pues carecería de sentido limitar un derecho laboral en beneficio de empresas privadas que se lucran con esa actividad. Empecemos pues por recuperar la gestión pública de estos servicios para poder hablar de modificaciones.

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