La tribuna

Manuel Clavero Arévalo

Privilegios y presupuestos

EN la actualidad se tramita en el Congreso de los Diputados una proposición de ley del Parlamento vasco que, si se aprueba, otorgará a las diputaciones forales, o territorios históricos, de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya la posibilidad de que sus disposiciones fiscales tengan rango de ley, con lo que no podrán ser recurridas por personas físicas o jurídicas perjudicadas, como hasta ahora.

Como es sabido, en España sólo pueden dictar leyes el Estado y las comunidades autónomas, pero no las diputaciones ni los ayuntamientos. Los actos y disposiciones de éstos pueden ser recurridos por las personas físicas o jurídicas a cuyos derechos o intereses legítimos les afectan, pero las leyes del Estado o de las comunidades autónomas no pueden ser recurridas por tales personas. La iniciativa legislativa que se tramita actualmente en el Congreso permitirá, si se aprueba, que también las diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya puedan dictar leyes en materia fiscal.

En la actualidad los ciudadanos de La Rioja, Asturias y Castilla y León, por citar sólo a las comunidades más próximas al País Vasco, podían recurrir y de hecho recurrían las disposiciones de las diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya en materia fiscal que daban, en virtud de su régimen foral, ventajas a las sociedades y empresas para que se ubicaran en dichas provincias vascas, en perjuicio de las sociedades y empresas de las comunidades autónomas, en especial en las más próximas. Con la modificación que se tramita en el Congreso, dichas sociedades o empresas no podrán recurrir tales leyes.

La iniciativa legislativa que se tramita en el Congreso ha contado con los votos favorables del PSOE, que de esta manera ha conseguido el apoyo de los diputados del PNV para la Ley de Presupuestos de 2010, que también se tramita actualmente en el Congreso. Por el contrario, los diputados del Partido Popular han votado en contra.

La singularidad fiscal de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya data de la mitad del siglo XIX. La situación era caótica y, tras reiterar varias veces el Gobierno la necesidad de aclarar la situación, las tres diputaciones ofrecieron un donativo voluntario de un millón de reales que el Gobierno aceptó por Real Orden de 30 de junio de 1849, acordando que dicha cantidad se aplicase a las obligaciones del Ejército en las mismas provincias. Como ha estudiado el profesor Tomás-Ramón Fernández en su libro Los derechos históricos de los territorios forales, es la Ley de 21 de julio de 1876 la que pone fin a la situación creándose el concierto económico de cada una de las tres provincias, que permitía recaudar los impuestos a dichas provincias y pagar un cupo al Estado de parte de lo recaudado, fijando el cupo correspondiente a cada provincia el Real Decreto de 13 de noviembre de 1877.

El sistema de concierto y cupo, con algunas variaciones, ha llegado hasta nuestros días, si bien fue derogado para Guipúzcoa y Vizcaya al no haberse sumado al Alzamiento de 1936 y posteriormente restablecido por la Construcción de 1978 y por el Estatuto de Autonomía del País Vasco. El sistema de concierto y cupo es muy beneficioso para Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, sobre todo por haberse creado impuestos que entonces no existía, como el impuesto sobre renta de las personas físicas y el de sociedades, con la posibilidad de fijar tipos impositivos propios, inferiores a los de las leyes del Estado.

El sistema queda más reforzado y privilegiado con la iniciativa que se tramita en el Congreso, ya que las disposiciones que se dicten en materia fiscal por las diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya tendrán rango de ley y no podrán ser recurridas ente los Tribunales ordinarios por los particulares y sociedades, pero sí por las comunidades autónomas, ante el Tribunal Constitucional, mediante el recurso de inconstitucionalidad.

El sistema de conciertos que tienen Álava, Guipúzcoa y Vizcaya en el País Vasco y Navarra es muy beneficioso y algunos economistas calculan que, con los conciertos y el cupo, el País Vasco se beneficia con cerca de 2.000 millones de euros anuales y Navarra con cerca de 600. Cataluña quiere pasar también del sistema actual al de conciertos y cupo y lo intentó en el reciente Estatuto de Autonomía, pero las Cortes Generales no lo aprobaron.

En definitiva, si las Cortes aprueban la iniciativa en trámite, tendremos un nuevo privilegio en un sistema privilegiado, a cambio del apoyo a los polémicos Presupuestos Generales del Estado para el 2010.

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