Vía Augusta
Alberto Grimaldi
La horma del fiscal general
La tribuna
UNO de los cambios más relevantes que en el sistema educativo español introduce la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) tiene que ver con la realización de evaluaciones externas, generalmente al concluir las distintas etapas de la escolaridad, cuya superación permite obtener los títulos correspondientes. Tales pruebas, además, guardan relación con otras medidas adoptadas: la información pública de los resultados y la rendición de cuentas sobre los mismos. Se declara, por ello, como propósito de las evaluaciones externas, el de mejorar de manera directa la calidad del sistema educativo; y se argumenta que son numerosos los países de la OCDE que las realizan, con efectos apreciables en los resultados de pruebas de evaluación como el PISA. De modo que parece oportuno reparar en algunos aspectos destacados de las más conocidas como "reválidas": qué características generales tienen, su menos explícita pero igualmente pretendida función normalizadora, y algunas cuestiones derivadas de su implantación y desarrollo.
En primer término, conviene diferenciar la distinta naturaleza de las evaluaciones externas. Son de carácter más diagnóstico y formativo las que se desarrollarán en el nivel 3º y en el último nivel, 6º, de la Educación Primaria. En el primer caso, pretende comprobarse el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas. Mientras que en 6º se repara en el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como en el logro de los objetivos de la etapa.
De resultar desfavorable la evaluación, en 3º los centros deberán adoptar medidas de mejora, y en el caso de 6º las Administraciones educativas podrán adoptar asimismo planes específicos de mejora en aquellos centros cuyos resultados sean inferiores a los valores que, con ese objeto, se hayan establecido. Por su parte, las evaluaciones externas, al concluir la Educación Secundaria Obligatoria (curso 4º) o el Bachillerato (curso 2º), tienen efectos acreditativos -y aquí sí es apreciable la reválida- para obtener los correspondientes títulos, después de haber aprobado las materias de los cursos.
Se adelantó el fin expreso de estas evaluaciones referido a la mejora de los resultados, pero otro objetivo no menor también se afirma, ya que las pruebas "normalizan los estándares de titulación en toda España". Esto es, en el currículo del sistema educativo se definen, como otra novedad destacada, estándares que pretenden señalar, de manera concreta y medible, resultados del aprendizaje del alumnado susceptibles de evaluación. Luego si el Gobierno asume la competencia de definir los criterios y estándares de evaluación, en la totalidad de las asignaturas que se vinculan a las evaluaciones externas al finalizar las etapas, así como la de establecer las características generales de las pruebas para todo el sistema educativo español, la función normalizadora, ajustada a los estándares, de las pruebas es notoria. Y, de resultas, la propia consideración directa, por todas las Administraciones educativas, del currículo básico de las enseñanzas de las distintas asignaturas.
Y queda referir algunas cuestiones derivadas de la implantación y el desarrollo de las reválidas. Una tiene que ver con la supuesta desconfianza aplicada a la evaluación que se realiza en los centros por los profesores, dado que las pruebas conllevan revalidar los conocimientos adquiridos por los alumnos tras aprobar las asignaturas en los cursos. Otra se vincula con el efecto de las contingencias, con el jugárselo todo a una carta, el día de la celebración de las pruebas, cuando se dirime una circunstancia tan relevante para la continuidad académica o la inserción laboral de los alumnos como la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller. Y una tercera alude al efecto didáctico del "enseñar para las pruebas", de prepararlas, entrenarlas o adiestrar al alumnado para su superación. En el primer caso, más que desconfianza parece reforzarse el empeño de normalización del sistema y la implantación general del currículo básico. Con respecto a las contingencias, cabe considerar que, al menos, se realizarán dos convocatorias anuales de las pruebas.
En lo que respecta al entrenamiento para superarlas, puede apreciarse una significativa disfunción: si las pruebas "se centran en el nivel de adquisición de las competencias", estas últimas, como elemento destacado del currículo, no son una "enseñanza paralela", un añadido a los objetos de estudio de las asignaturas, sino referencias cotidianas de las prácticas educativas. Y las reválidas, además de orientar tales prácticas, pretenden certificar el valor del conocimiento adquirido por el alumnado que las recibe.
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