Tribuna

José Luis Utrera

Juez de Familia de Málaga y autor del libro 'Guía para un buen divorcio' (Ed. Ley 57)

El divorcio en los tiempos del cólera

El régimen de custodia compartida y el cumplimiento de las estancias y visitas de menores fijados en sentencia judicial conllevan el cambio de domicilio dos y tres veces por semana de miles de niños; con lo que eso supone de riesgo de contagio para ellos, para sus familiares y para terceras personas

La emergencia sanitaria y social que vivimos está afectando a todos los ámbitos de la vida cotidiana y entre ellos a las relaciones familiares. Si esas relaciones no son fáciles en situaciones de normalidad, cuando la rutina diaria salta por los aires todo se complica mucho más. Si además el contacto con los hijos y su tiempo de convivencia con cada progenitor están regulados en una sentencia de divorcio, la dinámica familiar puede terminar siendo esperpéntica cuando falta la racionalidad y el sentido común. Ausencia de seny que ya es bastante frecuente entre parejas que no han sabido gestionar bien su ruptura y están enzarzadas en un divorcio enconado, traumático para sus hijos y reiteradamente judicializado por los motivos mas variopintos. Esta crisis ofrece nuevos motivos para reavivar el conflicto: cumplir o no cumplir con la resolución judicial, hacerlo o no por motivos fundados o por capricho, por responsabilidad social o por fastidiar a la expareja. Todos esos supuestos empiezan a llegar a los juzgados.

En las actuales circunstancias, esas disputas de divorciados podrían ser anecdóticas y casi frívolas consideradas de forma individualizada. Pero el desarrollo del llamado régimen de custodia compartida y el cumplimiento de las estancias y visitas de menores fijados en sentencia judicial conllevan que miles de niños y niñas puedan estar cambiando de domicilio dos y tres veces por semana, con lo que eso supone de riesgo de contagio para ellos, para sus familiares y para terceras personas. Y sobre todo, porque ponen en cuestión toda una política de lucha contra la pandemia basada en un aislamiento domiciliario cada vez más estricto.

En este problema, como en tantos otros, los jueces deben ponderar los distintos derechos en juego y decidir, en caso de que no sean compatibles, cual de ellos debe prevalecer. Aquí se contraponen el derecho del progenitor divorciado a seguir ejerciendo su derecho/deber de estar con sus hijos/as y el de la sociedad de preservar la salud pública cumpliendo y haciendo cumplir el estricto confinamiento decretado por las autoridades.

No cabe duda, por la entidad de los derechos en conflicto, que deben primar el derecho colectivo a la salud y las medidas adoptadas para preservarlo. El ejercicio masivo del derecho a relacionarse con los hijos de padres/madres divorciados, trasladándolos de un domicilio a otro casi constantemente, rompe con todo el sistema de prevención sanitaria contra el contagio basado en restricciones severas a las salidas fuera del domicilio.

Además, la modulación o suspensión temporal de ese derecho individual de relación familiar no genera un perjuicio irreparable, ni al menor ni al adulto que la sufre. La ausencia presencial y temporal de un progenitor puede ser suplida por la comunicación telemática y la compensación del tiempo no disfrutado, una vez se normalice la situación. Por otra parte, esa falta de contacto temporal ya se produce cada año en los periodos vacacionales de verano, cuando los menores permanecen hasta un mes con uno solo de sus progenitores, y nadie se lleva las manos a la cabeza.

La irracionalidad que impregna el comportamiento de algunas parejas divorciadas, exteriorizada en una exigencia de ejercer los derechos propios por encima de quien sea, y especialmente si es contra la expareja, hace poco probable que en esos casos impere una solución consensuada, razonable y que sea la más beneficiosa para sus hijos y para la sociedad.

Desgraciadamente, también ha faltado perspectiva en los poderes públicos al abordar esta cuestión. Desde el gobierno se alentó a padres y madres a no renunciar a este derecho personal y se abrió un portillo peligroso a la movilidad familiar masiva. Las Juntas de Jueces tampoco unificaron criterios y en cada localidad se siguen criterios distintos sobre si será sancionable o no el incumplimiento.

Pero no conviene olvidar que en este momento de pandemia esas “peleas de divorciados”, similares a otras que inundan los juzgados de familia habitualmente, nos pueden costar muchos contagiados y algunos muertos. No es un tema menor.

Por eso, y ante la falta de una respuesta clara y uniforme sobre el tema, solo cabe una exhortación a los protagonistas:¡cuidado con abordar estas situaciones desde la cólera, desde el ejercicio absoluto del propio derecho o desde tecnicismos legales!. Mejor, sentido común y responsabilidad social.

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