Provincia

Declaran nulo el acuerdo para revocar a Margarita del Cid de Mancomunidad

  • La secretaria del Ayuntamiento dice que la moción debió aprobarse con mayoría absoluta

Margarita del Cid, el pasado Pleno.

Margarita del Cid, el pasado Pleno. / E. M.

La secretaria del Ayuntamiento de Torremolinos ha declarado nulo de pleno derecho el acuerdo del Pleno alcanzado el pasado mes de marzo por el que se revocaba el nombramiento de la portavoz del Partido Popular, Margarita del Cid, como representante de su formación en la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, del que también es presidenta. La funcionaria justifica su decisión en que el quórum necesario para la inclusión de asuntos no incluidos en el orden del día debe ser de la mayoría absoluta del número de miembros que componen la Corporación, tal y como se desprende de otras sentencias existentes de casos similares.

En el caso concreto de la moción con carácter de urgencia presentada por el concejal no adscrito, Juan Machío, con el objetivo de rectificar el sentido de su voto realizado minutos antes, la urgencia de la misma se aprobó con los votos a favor de los concejales del PSOE, Izquierda Unida, Costa del Sol Sí Puede y el propio edil no adscrito, y en contra del Partido Popular y Ciudadanos, lo que suman un total de 12 votos a favor y otros 12 en contra. Extremo que fue desempatado con el voto de calidad del alcalde. Sin embargo, la funcionaria municipal señala en su informe que "el voto de calidad, como genuino procedimiento de dirimir empates, no juega más que en las votaciones en las que se requiere la mayoría simple para la válida adopción de los acuerdos, no computándose doble nunca en los casos de quórum especial". De esta manera, se entiende que el voto de calidad del alcalde no era válido por lo que para aprobar la moción presentada por Machío habrían sido necesaria mayoría absoluta, es decir, 13 votos a favor.

Al mismo tiempo, señala que "no puede preverse la inclusión en el orden del día de un asunto acaecido en la misma sesión, que sean urgentes", ya que el asunto tratado en la citada moción de urgencia ya había sido debatido con anterioridad. Y concluye que, "al ser un acuerdo con carácter resolutorio y no una mera moción de control y fiscalización, debe seguirse el procedimiento marcado por el articulo 83 del ROF y, al no haberse adoptado con la mayoría cualificada prevista en dicho artículo, el acuerdo adoptado es formalmente nulo de pleno derecho".

Según Del Cid, este informe "desmonta la maniobra del alcalde al utilizar al concejal no adscrito para consumar su fraude cuando no pudo llevarlo a cabo en una primera votación en el mismo pleno, y al consumar este hecho ha sido desleal con su partido, con el pleno y con todo el municipio de Torremolinos, por lo que insistimos en que debe dimitir de su cargo". Por lo que ha presentado dos escritos en el registro de entrada del Ayuntamiento, uno de ellos solicitando que se lleve a pleno la revocación de dicho acuerdo "para corregir así el abuso y la ilegalidad cometida", y un segundo escrito en el que se solicita la subsanación del error cometido por la certificación de la secretaria del ayuntamiento del acuerdo adoptado en sesión ordinaria del pleno del 22 de marzo en el que no se recoge el texto íntegro de la resolución, debiendo incluir expresamente la propuesta formulada por Margarita Del Cid antes de la votación del punto en cuestión.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios