Alhaurín de la Torre- Residencia "Nuestra Señora de Gracia"

La ex directora condenada por estafar a ancianos recurre la sentencia

  • Los abogados de la acusada argumentan que el recurso de casación presentado se sustenta en la existencia de la infracción de ley por indebida aplicación del delito y por error en la apreciación de la prueba

La defensa de la ex dueña y ex directora de la residencia de ancianos 'Nuestra Señora de Gracia' de la localidad malagueña de Alhaurín de la Torre ha recurrido la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga en la que condenaba a la acusada por un delito continuado de estafa a la pena de seis años y medio de prisión.

Según explicaron a Europa Press los abogados de la acusada, el recurso de casación presentado se sustenta la existencia de infracción de ley por indebida aplicación del delito de estafa respecto a los hechos que se enjuiciaban y por error en la apreciación de la prueba, en concreto determinados documentos.

La sentencia señaló que la mujer actuó para "obtener un beneficio económico ilícito de forma fraudulenta", haciendo creer a ancianos que iba a gestionarles una solicitud para el cobro de una pensión o ayuda, para lo que tenían que firmar una serie de documentos, entre ellos, un contrato de ingreso.

En ese contrato, "se hacía constar que se cedían o donaban sus viviendas" y, así, según manifestó la Sala, logró "que algunos ancianos residentes firmaran a su favor un poder general notarial para disponer de sus bienes, sin que los ancianos supieran en unos casos que habían firmado el poder y, en otros, desconociendo su contenido".

"Una vez otorgados dichos poderes, la acusada, haciendo uso de ellos, procedía a vender sus viviendas a terceros, algunos de los cuales eran inversionistas dedicados a negocios inmobiliarios, las hipotecaba o se las autovendía sin comunicárselo a los ancianos, quedándose con el dinero obtenido y éstos sin sus viviendas", indicó la resolución.

Así, se le condenó por un delito continuado de estafa, utilizando "diversos ardiles para engañar a los ancianos perjudicados y también a diversos notarios que actuaban en el ejercicio de las funciones propias de su cargo", de forma que a los primeros les hacía firmar "sin su consentimiento libre" y a los segundos "les hacía creer que los ancianos comparecían de manera consciente y voluntaria".

La Sala destacó que en este caso concurrían todos los elementos, como la especial gravedad del delito, por el importe de lo defraudado y por haber dejado a las víctimas "especialmente desvalidas, sin el único patrimonio del que disponían para hacer frente a su subsistencia en el final de su vida". Además, consideran que hubo abuso de las relaciones personales.

El Tribunal aseveró que la acusada "decidió quedarse con las propiedades de algunos de los ancianos que estaban a su cargo y con su dinero en algún caso, empleando para ello las artimañas que fueran precisas, pues se trataban de personas indefensas, en algún caso enfermos mentales, que no podían imaginar que la mujer en quien habían confiado su cuidado en esos difíciles años de la tercera edad y a la que abonaban las cantidades correspondientes por su estancia fuera precisamente la que iba a provocar su ruina económica y moral".

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