Nutrición y Bienestar

Disparidad entre las medidas contra la obesidad infantil en España

  • Aunque todas las Comunidades Autónomas comparten un documento de consenso, solo Navarra, Murcia, Valencia y Baleares han regulado los comedores escolares por decreto

  • Un tercio no tiene en cuenta servicios de cafetería ni máquinas expendedoras

La tipo de alimentación en los primeros es uno de los determinantes clave de la salud en la vida adulta.

La tipo de alimentación en los primeros es uno de los determinantes clave de la salud en la vida adulta. / Archivo

No todo es el consumo, también importa el contexto. En generaciones anteriores, especialmente aquellas que nacieron en la posguerra y que conocieron la necesidad profunda, tener un niño de piernas rollizas y carrillos gigantes era la antítesis de la desnutrición. Y hasta finales del siglo pasado ese sobrepeso infantil se identificaba con lo saludable y lo hermoso. Pero los tiempos cambian y el conocimiento sobre el metabolismo humano y la relación entre múltiples patologías y el sobrepeso hizo que la perspectiva virase. Por su incremento en las últimas décadas y por la demostrada relación entre el sobrepeso o la obesidad y la salud, especialmente en la enfermedad cardiovascular y la diabetes, la prevención de la obesidad infantil se ha convertido en un objetivo prioritario para muchas administraciones. Así, casi todas han gestionado e implementado políticas de prevención en el ámbito escolar, pero existe disparidad entre el alcance de esas medidas en cada Comunidad Autónoma.

Así, según un estudio coordinado por la Escuela Nacional de Salud del Instituto de Salud Carlos III, las 17 comunidades autónomas abordan el servicio de comedor escolar, 11 los servicios de cafetería y las máquinas expendedoras, y 9 el servicio de desayuno. El trabajo publicado en Gaceta Sanitaria explica que todas las comunidades usan el Documento de Consenso sobre la Alimentación en los Centros Educativos como referencia para la composición del menú y la calidad nutricional de los productos ofertados en la escuela; sin embargo, solo 4 han regulado estos aspectos por decreto. La frecuencia de evaluación de los objetivos de las políticas varió entre el 58,8% de las comunidades para el suministro alimentario y el 5,9% para la rotación y la calidad de los menús.

Solo 10 comunidades autónomas (58,8%) supervisan la calidad nutricional de los menús.

Los autores de este estudio sostienen en sus conclusiones que, aunque todas las comunidades autónomas disponen de estándares para el menú escolar, “la cobertura del resto de la oferta alimentaria es variable, la evaluación de objetivos escasa y solo cuatro comunidades disponen de normativa de obligado cumplimiento”. Además aconsejan revisar o actualizar los estándares nutricionales según el conocimiento científico y aprobarse reglamentariamente, en cumplimiento de la legislación vigente. Concretamente, aluden a la ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición que establece que la supervisión de la calidad nutricional de los menús se realizará por profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética.

En 2010, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el Documento de Consenso sobre la Alimentación en los Centros Educativos (Docace). Todas las comunidades autónomas lo usan el Docace como referencia para los criterios de calidad nutricional de los productos en cafeterías, máquinas expendedoras, los menús escolares o ambos. Sin embargo, solo cuatro (23,5%) comunidades autónomas (Islas Baleares, Navarra, Comunidad Valenciana y Región de Murcia) han regulado esos criterios por decreto.

En Andalucía existe un decreto desde 2017 que regula los comedores y las actividades extraescolares pero no una norma específica sobre los menús escolares y la alimentación saludable. En 2018 redactó el proyecto de Ley para la promoción de una vida saludable y una alimentación equilibrada que finalmente decayó por fin de la legislatura. Por su parte, Canarias, Castilla-León y Galicia solo pautan recomendaciones; y el resto de las comunidades autónomas los establecen anualmente en los pliegos de prescripciones de las licitaciones de los servicios de restauración.

En todas las comunidades autónomas, los estándares describen la frecuencia de consumo de los alimentos en la comida o almuerzo de mediodía. Además, 13 (77%) no permiten alimentos con edulcorantes, cafeína o ácidos grasos trans en la comida, y 16 (94%) limitan los alimentos altos en sal, precocinados, hipercalóricos y fritos .

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