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¿Puedo recuperar el dinero de un viaje cancelado por las restricciones de movilidad?

¿Puedo recuperar el dinero de un viaje cancelado por las restricciones de movilidad?

¿Puedo recuperar el dinero de un viaje cancelado por las restricciones de movilidad? / Archivo

En tiempos de coronavirus lo mejor que se puede hacer es quedarse en casa. Entre idas y venidas del virus y olas inagotables de contagios, hay muchas personas que han visto como viajes que tenían planificados han caído en saco roto por la pandemia. Por ello, Consumo ha querido tranquilizar a las personas afectadas y afirma que éstas tienen todo el derecho a pedir el reembolso del importe.

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias aclara también que las empresas que han ofrecido estos servicios a sus clientes podrán ofrecer alternativas diversas pero la última decisión la tendrán los clientes, los cuales si no ven alguna de las opciones propuestas acordes con sus deseos, deberán recibir el reembolso de su viaje.

Se considera causa de fuerza mayor para la devolución del importe restricciones de movilidad tales como no poder salir del lugar de residencia o no poder llegar al lugar de destino.

Pasos a seguir para una reclamación

Si las personas afectadas no han podido viajar por algunas de las situaciones anteriormente mencionadas, deberán ponerse en contacto con la empresa con la que han reservado el viaje: vuelos, transporte, hotel...etc. Más tarde, se deberán valorar las diferentes opciones que proponga la compañía como podría ser un cambio de fecha en el itinerario previsto. Si al cliente no le satisfacen las propuestas, tiene derecho expreso a recibir el montante total que pagó por los servicios.

En el caso de que sea necesario poner una reclamación, el usuario deberá guardar toda la documentación como contratos, facturas o comprobantes de pago, e incluso documentos publicitarios del viaje si es que los hubiera. Esta recopilación de documentación es fundamental para que lleguen a buen puerto nuestras demandas.

Si la reclamación se presenta a través de una hoja oficial de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía, la empresa deberá responder por escrito en el plazo máximo de 10 días hábiles para ofrecer alternativas o explicaciones ante su pasividad. Si dichas explicaciones no satisfacen al cliente, una vez pasada esta franja de tiempo, el cliente podrá llevarlo a la administración. Para ello, se deberá acudir a la OMIC o servicio municipal de consumo del lugar de residencia de la persona reclamante.

Aquellas personas que tengan dudas o se encuentren en una situación similar a la descrita, pueden contactar con 'Consumo Responde', un servicio gratuito de información y asesoramiento que llevó a cabo la Junta de Andalucía.

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