Sociedad

Rebajan la pena cinco años a un hombre que dejó a su mujer tetrapléjica

  • El Tribunal Supremo reduce la condena de 21 años a 16 porque no está probado que la atacara por sorpresa.

El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 21 años y 10 meses de prisión a 16 años y 10 meses la condena a un hombre que intentó matar a su esposa -a la que dejó tetrapléjica- en 2006 en su domicilio en Madrid, ya que considera que no está acreditado que el acusado atacara a su mujer de forma sorpresiva.

Así lo ha acordado la sala de lo penal del TS en una sentencia, en la que estima parcialmente el recurso del acusado contra la resolución dictada en enero del año pasado por la Audiencia Provincial de Madrid.

El Alto Tribunal rebaja en cinco años la condena porque acuerda que no se le aplique al procesado la circunstancia agravante de alevosía.

El hombre es condenado por asesinato en grado de tentativa en concurso con un delito de allanamiento de morada, por delitos de quebrantamiento de medida cautelar y por maltrato en el ámbito familiar.

Por el primer delito la Audiencia de Madrid condenó al acusado a 15 años, pena que el Supremo rebaja a 10 años, y le prohibió aproximarse a la víctima durante 25 años, periodo que el Alto Tribunal deja en diez años.

Según el TS, "aunque no quepa excluir que la sucesión de los hechos fuera tal que cupiera la afirmación del ataque con carácter sorpresivo, lo cierto es que esa forma de desarrollarse los hechos no puede ser acreditada, ni lo es en la sentencia".

Según explica la sentencia, la relación marital entre el acusado y su esposa fue deteriorándose hasta que en 2005 ésta le planteó su deseo de separarse, a lo que el acusado se opuso manifestándole su desacuerdo en términos tales que provocaron que aquella interpusiera una denuncia por amenazas.

"No voy a permitir la separación, antes te mato, te divorciaras con los pies por delante", fue alguna de las frases que le profirió.

Un juzgado condenó por amenazas continuadas al acusado, al que se le prohibió acercarse a su esposa.

No obstante, el 23 de diciembre de 2005 el acusado acudió al domicilio familiar y golpeó a su esposa, "cesando en dicha actitud ante los llantos y súplicas de sus dos hijos".

En ese momento, cesó la agresión, pero sobre las cuatro horas del 28 de junio de 2006 nuevamente entró en el domicilio familiar, utilizando para ello sus propias llaves y un plástico con el que levantó el pestillo de seguridad de la puerta de entrada.

Tras coger un cuchillo se dirigió al dormitorio, donde agarró a su mujer por el cuello, despertándola y cayendo al suelo, momento en el que el acusado le dio puñetazos y pisotones.

Los hijos acudieron y lograron quitar el cuchillo a su padre, continuando no obstante el procesado golpeándola, pisándola en el cuello cada vez que intentaba respirar y diciendo frases como que "o moría ella o moría él".

La mujer resultó con tetraplejia y precisa de por vida asistencia permanente.

El TS explica que en la sentencia de la Audiencia se dice que la víctima se hallaba durmiendo, tal estado se refiere al momento en que el acusado entra en el domicilio y a continuación se añade que el acusado la agarró por el cuello.

"Pero para situar la agresión con intención homicida (..) se omiten en la narración datos que permitan asumir tal simultaneidad", concluye la sentencia, que explica que "el Tribunal cuenta con la declaración del acusado que insiste en que medió una discusión previa".

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