Normativa

¿Hay límite de velocidad para las bicicletas en carretera?

  • La Dirección General de Tráfico recuerda que la velocidad máxima fuera de poblado es de 45 kilómetros por hora, salvo excepciones

¿Hay límite de velocidad para las bicicletas en carretera?

¿Hay límite de velocidad para las bicicletas en carretera? / Archivo

El ciclismo está de moda. El uso de la bicicleta en las ciudades como medio de transporte, también y además, es respetuoso con el medio ambiente. En España son miles de aficionados y también profesionales los que salen a la carretera, al campo o montaña con sus bicicletas a diario.

La bici es un medio de transporte barato, sostenible y fácil de aparcar en los núcleos urbanos. Como deporte es uno de los más practicados, incluso ha aumentado tras meses de confinamiento y desescalada provocada por el coronavirus. El lado negativo son los accidentes de tráfico. El aumento de su uso por carreteras comarcales, travesías o autovías, junto con la circulación de coches y motos provoca accidentes, a veces porque se desconocen las normas de circulación.

Máximo 45 kilómetros por hora

Por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT) utiliza sus redes sociales para hacer llegar sus normas al mayor número de personas posible, sobre todo jóvenes, y recuerda que la velocidad máxima fuera de poblado para bicicletas es 45 km/h. "No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior", recuerda la DGT.El ciclista no está obligado a circular a una velocidad superior al 50% del límite marcado. Por ejemplo, si la carretera está limitada a 60 kilómetros por hora, el ciclista podrá circular a menos de 30.

Además, la DGT explica que las bicicletas pueden ir por autovías, salvo por aquellas que lo tengan expresamente prohibido,también a esta una velocidad máxima de 45 km la hora. El ciclista debe ser mayor de 14 años y llevar obligatoriamente casco.

Velocidades de la Dirección General de Tráfico. Velocidades de la Dirección General de Tráfico.

Velocidades de la Dirección General de Tráfico.

Bicicletas eléctricas

A efectos legales, una bicicleta eléctrica tiene que cumplir las mismas normas que una bicicleta convencional, pudiendo circular hasta a 45 kilómetros por hora siempre y cuando en la vía no tenga un límite menor. Sin embargo, hay que destacar que la normativa europea establece que la asistencia al pedaleo solo puede activarse hasta un máximo de 25 km/h.

Obligaciones del ciclista

En cuanto a otras obligaciones del ciclista, para circular deben hacerlo por el arcén en carreteras interurbanas. Solo podrán utilizar la parte imprescindible de la calzada si no es transitable. En autovías se circula por el arcén. Según la DGT, cuando los ciclistas circulan en grupo se les considera una única unidad móvil, por lo tanto, tienen prioridad con respecto a los vehículos. Circular por el carril bici, el paso para ciclistas o el arcén señalizado también concede prioridad al ciclista. Por último, el ciclista tiene prioridad en caso de que un vehículo quiera girar a derecha o izquierda y haya un ciclista en sus proximidades.

Por carretera también se permite que los ciclistas circulen en grupo. Pueden hacerlo en paralelo en un máximo de dos. Deberán ir de uno en uno en tramos sin visibilidad o cuando la peligrosidad de la vía lo exija.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios