Sociedad

La 'okupación' de viviendas explicada por un juez

Protestas en Huelva por las ocupaciones ilegales.

Protestas en Huelva por las ocupaciones ilegales. / Rafa Del Barrio

En los últimos tiempos, sobre todo a raíz del confinamiento, existe un alarmismo entre la sociedad a causa de la ocupación de viviendas de forma ilegal y de la 'teórica' falta de cauces legales para poder proceder al desalojo de dichos ocupantes.

En los medios de comunicación y las redes sociales aparecen numerosas informaciones de casos concretos de casas ocupadas y de desahucios imposibles que pueden hacer creer a la población que este delito no se persigue.

Para arrojar un poco de luz sobre el tema, un juez ha creado un hilo en su cuenta de Twitter (@JudgeTheZipper) donde explica pormenorizadamente cómo está la situación legislativa española en la actualidad. 

Primera y segunda residencia

En su argumentación, el juez explica que puede haber tres tipos de viviendas. Por un lado, existe la vivienda habitual donde se reside la mayoría del tiempo, lo que se conoce como primera vivienda. Según su señoría, esta casa es inviolable. Si eventualmente se metiese ahí alguien sin consentimiento, estaría cometiendo allanamiento de morada, castigado con hasta dos años de cárcel, o incluso cuatro si utiliza violencia o intimidación.

El segundo tipo de vivienda es aquella que conocemos como segunda residencia y en la que vivimos y hacemos uso de ella algunas temporadas solamente. En este caso, las condiciones serían exactamente las mismas que para las primeras viviendas. Sigue siendo un lugar inviolable y el allanamiento de morada es el delito que correspondería para aquellos que la ocupasen.

En ambos casos, independientemente del proceso judicial que se abriría para castigarlos, la policía puede entrar ahí para identificar, detener y poner fin al delito.Y todo ello sin necesidad de orden judicial, ya que así los permite la legislación, aunque a la policía habrá que mostrarles evidencias del delito para ello.

En el caso de que la policía no lo vea claro, el desalojo rápido también es posible, según explica el juez, de la siguiente manera: "se va al juzgado (normalmente el de guardia) y se pide como medida cautelar el expulsión de éstos mientras se sigue el proceso penal. El juez examina la denuncia y/o el atestado policial, y si se le facilitan indicios suficientes de que efectivamente es tu vivienda (lo cual es muy fácil al tratarse del lugar donde vives), concede la medida cautelar y ordena a la policía que desaloje. Suele ser cosa de horas", explica.

Vivienda desocupada

Es en el tercer tipo de viviendas, la que es propiedad privada pero permanece vacía, donde, en opinión de @JudgeTheZipper, se produce la verdadera ocupación y donde aumentan las dificultades para expulsar a los ocupantes.

En el caso de que la vivienda no tenga uso, el delito de allanamiento de morada no podría aplicarse, por lo que los ocupantes serían acusados solamente de un delito leve de usurpación, penado con multa.

La clave para este cambio en la constitución del delito está, según The Zipper, en la urgencia. Al no vivir el dueño y desaparecer la necesidad, se considerar solamente un delito leve y la policía suele ser más reticente a actuar por su cuenta en estos casos.

Además, la medida cautelar de desalojo por el juzgado, que se podría aplicar en los dos primeros casos mientras se tramita el proceso penal, podría darse también en este supuesto (el propio protagonista de estos tuits indica que lo ha dictado así en alguna ocasión), pero existe una corriente que indica que, al ser un delito leve, aquí no cabría el desalojo inmediato. 

En estos casos, sí es posible que haya que esperar meses o años a la resolución del juicio penal.

Confusión y alarmismo

En el mismo hilo de tuits, el togado indica que las informaciones que aparecen en los medios de comunicación crean un alarmismo injustificado

"En casi todos las casos que salen en los medios hay algo que no se nos cuenta. Unos inquilinos que dejaron de pagar o un lío de herencia o familiar, por ejemplo.  Eso de que me voy de finde y me ocupan la casa es materialmente imposible. Y en su caso, el desalojo sería inmediato, al tratarse de un allanamiento de morada. Desconfiad de las historias de la tele", lanza el aviso JudgeTheZipper.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios