Málaga

Condenan a pagar 8.000 euros al dueño de un perro que mordió a una niña

  • No tenía asegurado al animal · Pena para el propietario de otros dos canes que tiraron al suelo a una mujer

La Audiencia de Málaga ha ratificado una condena que obliga al propietario de un pit bull a indemnizar con 8.125 euros a una niña que sufrió lesiones al ser atacada por el perro. El animal atacó a la menor al escaparse "sin bozal" el 5 de mayo de 2010 de una vivienda de Alhaurín de la Torre. La sentencia subraya que el propietario del animal, Johnatan G. "carecía del preceptivo seguro de responsabilidad civil", de ahí que sea él quien tenga que indemnizar a la niña, al tiempo que también ha sido condenado a pagar una multa de 20 días con cuota diaria de cinco euros por una falta contra los intereses generales. El tribunal precisa que al tratarse de un perro de la raza pit bull figura en el catálogo de "animales potencialmente peligrosos", de ahí que sus propietarios estén obligados a suscribir un seguro de responsabilidaad civil por daños personales y materiales a terceros con una cobertura superior a 175.000 euros. Por otra parte, el propietario de dos perros de la raza boxer ha sido también condenado a 15 días de multa, a razón de 10 euros diarios, porque se escaparon de su casa en Estepona y se abalanzaron hacia una mujer que caminaba por la calle, tirándola al suelo y ocasionándole una fractura en el antebrazo. La víctima, que tardó 60 días en recuperarse de las lesiones, recibirá una indemnización de 3.000 euros. No obstante, en este caso el dueño de los perros, Héctor G., no tendrá que asumir personalmente la reparación de los daños, puesto que tenía suscrito un seguro de responsabilidad civil.

La Audiencia ha confirmado también esta sentencia impuesta en primera instancia por un juzgado de Estepona después de que la compañía aseguradora Ocaso formulara un recurso de apelación en el que alegaba que los boxer "no mordieron a la denunciante, sino que al estar alegres por salir a la calle uno de ellos se apoyó en la denunciante", que cayó al suelo. El argumento principal que expone es que los perros "no querían agredir" a la mujer, "sino mostrarle afecto".

El tribunal rechaza esta lectura de lo ocurrido y subraya en la sentencia que "no se trata de examinar la intención que tuvieron los perros", es decir, determinar si pretendían agredir o mostrar afecto a la víctima, porque el Código Penal no sanciona a los animales, sino a sus dueños cuando los dejan "en disposición de causar mal, que es lo que ocurrió en el presente caso".

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