Málaga

El concesionario que tenga su caseta vacía podrá ser penalizado con dos años sin autorización

La modificación de la ordenaza de Feria acordada ayer por la Junta de Gobierno Local va más allá de la propuesta para dar uso permanente a parte de las instalaciones del real. Otra de las variaciones supone la inclusión en la normativa de una nueva infracción, al objeto de "salvaguardar el buen funcionamiento del sistema de adjudicación y explotación de las casetas y que éstas no queden vacías". En concreto, se pasa a penalizar la no utilización por parte del la persona autorizada. En total, los cambios planteados afectan a los artículos 1, 17, 25, 26, 28, 35, 38, 39, 55 y 56 de la actual Ordenanza Municipal de la Feria. En el caso concreto del artículo 55, relativo al tipo de infracciones muy graves, se añade un nuevo punto, el k, que dirá: "no realizar el montaje o apertura de la caseta concedida, no iniciar la actividad a la que le da derecho la concesión de la caseta, o renunciar a la concesión con posterioridad al vigesimoquinto día anterior al de inicio oficial de la Feria".

Y en el 56, sobre las cuantías de las sanciones, se amplía la parte correspondiente a las muy graves. El citado precepto quedaría de la siguiente forma: "Infracciones muy graves: multa de 1.500,01 a 3.000 euros y pérdida del derecho al uso y aprovechamiento de las casetas, durante dos ediciones posteriores. En el caso de producirse una infracción según el apartado K) del artículo 55, el/la interesado/a no podrá ser de nuevo beneficiario de la concesión de una caseta de la Feria de Málaga durante dos ediciones". Asimismo, se otorga la posibilidad de conceder las autorizaciones para casetas de feria por un periodo de cuatro años y no anual, como hasta ahora.

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