Málaga

La objeción al aborto de un médico se acepta mientras se dicta la sentencia

  • Este auto es diametralmente opuesto al que en abril de este año dictó el Juzgado de lo Contencioso número 3

El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Málaga ha dado la razón a un médico de familia de Antequera para que no se involucre en ninguna tarea relacionada con la interrupción voluntaria del embarazo, incluida la información a las pacientes, hasta que no recaiga sentencia sobre el recurso que en enero de este año interpuso contra la negativa de la gerencia del Área Sanitaria Norte a aceptar su objeción de conciencia en los casos de aborto.

 

Este auto es diametralmente opuesto al que en abril de este año dictó el Juzgado de lo Contencioso número 3, que negó esta misma medida cautelar a otro médico también objetor, bajo el argumento de que no era ejecutor material de las interrupciones del embarazo, sino que únicamente informaba a las mujeres y las derivaba a los centros especializados.

 

El auto dictado el pasado 30 de mayo por la titular del Juzgado de lo Contencioso número 1, Asunción Vallecillo, expone dos argumentos principales para justificar su decisión. En primer lugar señala que no aceptar esta medida cautelar mientras se resuelve el recurso generaría "una situación irreversible" y "podría ocasionar un perjuicio muy significativo a los intereses" del médico, puesto que si en su día la sentencia le da la razón y considera ajustada a derecho su objeción de conciencia esa sentencia no podría ser ya aplicable con carácter retroactivo.

 

En segundo lugar resalta que suspender cautelarmente la obligación del facultativo para informar o derivar en casos de interrupciones voluntarias de embarazo no perjudica el interés público ni daña los intereses de terceros. Según el auto, esto es así porque en el centro de salud trabajan "muchos otros profesionales" que no son objetores de conciencia y que podrían encargarse de prestar este servicio, por lo que sólo hará falta que el Servicio Andaluz de Salud reorganice "las labores en ese centro" o bien adopte "medidas temporales y puntuales" para que la información sobre el aborto y su derivación a centros especializados se pueda prestar "sin incidencias para el usuario del sistema sanitario".

 

Dieciséis médicos de familia y enfermeros de Antequera se declararon en su momento objetores de conciencia ante la interrupción voluntaria del embarazo, petición que el 18 de diciembre del año pasado el gerente del área Sanitaria Norte, José Pinazo, denegó por entender que no respetaba lo previsto en la Ley de Salud Reproductiva. 

De acuerdo con el criterio de la gerencia, el personal de atención primaria no estaría amparado por la objeción de conciencia en los supuestos de interrupción del embarazo.

 

Tres facultativos interpusieron entonces recursos al considerar que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) había hecho una interpretación restrictiva de la norma que les lesionaba su derecho constitucional a la objeción de conciencia y requirieron que, preventivamente y hasta que se recaiga una sentencia, se les exima de informar y derivar los casos de aborto. Un cuarto profesional previsiblemente formulará en unos días otro recurso.

 

El médico Manuel Resa, a quien el Juzgado de lo Contencioso número 3 denegó la medida cautelar, se ha quejado de que la "Consejería de Salud" divulgara aquel auto judicial con criterios "propagandísticos", presentándolo como "si se tratara de una sentencia firme", y no una resolución "recurrible", que en la actualidad está pendiente también de resolver.

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