Sociedad

El Supremo absuelve a un deficiente condenado por abusos sexuales a una niña de cinco años

El Tribunal Supremo absolvió ayer a un hombre deficiente del delito de abusos sexuales sobre una niña de 5 años por el que había sido condenado a dos años de cárcel, debido a que se vulneraron sus derechos fundamentales al sentenciarle sin que la niña prestase ninguna declaración sobre la supuesta agresión.

La niña podría haber prestado testimonio de diversos modos que la doctrina permite, por ejemplo mediante grabación audiovisual, para que se pudiera contar con una sólida prueba de cargo sin perjudicarla, afirma el Supremo.

El alto tribunal absolvió al reo después de reprochar una cadena de errores al juez de instrucción, al fiscal y al tribunal sentenciador, que aceptaron como única prueba contra el condenado el testimonio de la psicóloga que atendió a la menor, quien consideró su relato "probablemente creíble". Para el Supremo, éste no basta.

El caso por el que la Audiencia de Badajoz condenó al hombre se produjo en 2011, cuando la madre de la niña dejó al cuidado de ella y su hermano al acusado, que era su primo, mientras hacía unas gestiones. La condena consideró probado que durante ese tiempo el hombre desnudó a la niña y la besó en los glúteos, pero ese relato de hechos no se basaba, según el alto tribunal, en ninguna prueba suficiente.

La niña sólo fue explorada en las dependencias de la Guardia Civil, donde acudió con su madre, "sin que en la fase instructora prestara declaración ante la autoridad judicial" y sin que las partes, especialmente la defensa, tuviera oportunidad de defenderse. Así, la condena tomaba como referencia la declaración de tres testigos a quienes la niña relató los hechos (la madre, la agente de la Guardia Civil y la perito psicóloga), a quienes el Supremo considera testigos de referencia, es decir, indirectos.

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