Provincia

Una nueva ordenanza regula las vallas publicitarias de Mijas

  • El Ayuntamiento quiere mejorar la imagen del pueblo y limitar su colocación

El Ayuntamiento de Mijas aprobó en el último Pleno municipal una nueva ordenanza sobre la instalación de vallas publicitarias y otros soportes de publicidad exterior, que pretende "acabar con la acumulación y el impacto visual negativo que ahora se da en algunos puntos, mejorando el aspecto del municipio", según declaró el alcalde, Antonio Sánchez (PSOE).

El regidor adelantó que se van a retirar las vallas que no cumplan con los nuevos criterios y que se sacará a concurso la concesión de este tipo de publicidad, de manera que la empresa adjudicataria se encargue del montaje, mantenimiento, desmontaje y abono a las arcas municipales del correspondiente canon que se establezca.

La ordenanza prevé que las nuevas estructuras deberán construirse con soluciones de diseño más actual y que permitan menor ocupación de espacio, regulando el uso en edificios, suelo municipal, obras o solares, prohibiéndose su colocación en edificios con protección por su valor arquitectónico, así como en su entorno si impiden su visión, y en los de carácter religioso, docente o sanitario.

Con respecto a las proximidades de carreteras se establece un régimen de distancias y medidas de las vallas, supeditado a la normativa de las administraciones que tengan la competencia de dichas vías.

El plazo de vigencia de las licencias será de un año prorrogable a dos, estando obligado el titular al desmontaje en el plazo de ocho días desde la caducidad de la licencia. En el caso de las obras, la autorización se supedita a la ejecución de la misma.

Con respecto al suelo municipal, no se autorizarán indicadores de direcciones que contengan marcas, logotipos o nombre comerciales, salvo expresa concesión de licencia, tras motivarse debidamente la instalación. Tampoco se autorizará los remolques publicitarios en vehículos, excepto los homologados para transmitir un mensaje publicitario cuando circulan.

En caso de letreros iluminados, el Ayuntamiento podrá imponer un horario de encendido, y su algún vecino se siente perjudicado por la iluminación tendrá un año desde la instalación del rótulo para reclamar.

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