Tecnología

La 'ley Sinde' bloqueará el acceso a webs de descargas en el extranjero

  • El reglamento indica que la Audiencia Nacional puede ordenar a un proveedor de internet que impida el acceso a determinadas páginas. Los creadores vuelven a pedir una norma más dura.

El Real Decreto de la ley Sinde impedirá, previa autorización judicial, el acceso de los usuarios desde España a una web con servidores ubicados en el extranjero y que permita descargar de forma irregular contenidos sujetos a derechos de autor. El borrador del Real Decreto de la ley Sinde, cuyo trámite de consulta acaba de iniciar el Ministerio de Cultura, regula el funcionamiento técnico de las dos secciones de la Comisión de Propiedad Intelectual, el órgano que ejercerá las funciones de mediación y arbitraje, así como las de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.

El reglamento, compuesto de 24 artículos, recuerda en su preámbulo que un órgano competente, en este caso la Audiencia Nacional, puede ordenar a un prestador de servicios de intermediación de la sociedad la información -proveedores de telefonía-, "que interrumpa la prestación de un servicio o impida el acceso desde territorio español".

La norma antidescargas, recogida en la disposición final cuadragésimo tercera de la Ley de Economía Sostenible y publicada en el BOE el 5 de marzo, permite la retirada de contenidos o la interrupción del servicio de una web de descargas irregulares de contenidos sujetos a derechos de autor, esté o no alojada en un servidor de España, previa autorización de un juez de la Audiencia Nacional. El Real Decreto refuerza el procedimiento de mediación y arbitraje de la sección primera de la comisión con el propósito de la resolución "voluntaria" y "extrajudicial" de los conflictos sobre propiedad intelectual.

En el caso de la mediación, el Real Decreto establece como máximo nueve meses para que se resuelva el conflicto, mientras que el laudo arbitral, que tendrá "carácter vinculante, ejecutable e impugnable", deberá dictarse en el plazo máximo de tres meses desde que las partes formulen sus posiciones definitivas.

Los titulares de derechos de autor o las entidades o personas naturales o jurídicas que los representen pueden también dirigirse directamente a la sección segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual -nunca actuará de oficio-. Ésta también instará a la web para que de forma voluntaria retire los contenidos o presente alegaciones en el plazo de 48 horas. Transcurrido este plazo sin que ninguno de estos requerimientos hayan sido seguidos, la sección pedirá que ambas partes presenten conclusiones en cinco días, tras los cuales la comisión tendrá otros tres días como máximo para dictar resolución. Declarada en dicha resolución la existencia de una vulneración de derechos de propiedad intelectual, la sección segunda ordenará, previa autorización judicial, la retirada de los contenidos en un plazo de 24 horas desde su notificación.

La resolución contemplará, asimismo, para el caso de incumplimiento dentro del plazo de 24 horas, "las medidas de ejecución forzosa dirigidas a los servicios de intermediación de la sociedad de la información que correspondan para el eficaz cumplimiento de la resolución". "Los servicios de intermediación deberán dar cumplimiento a este requerimiento de colaboración en un plazo de 72 horas desde la notificación", añade el Real Decreto que deberá ser aprobado por el Consejo de Ministros y que podría comenzar a aplicarse en tres meses.

Los creadores piden que el reglamento se tramite de urgencia

La Coalición de Creadores ha reiterado su petición al Gobierno de que el reglamento que desarrolla la ley Sinde se tramite por la vía de urgencia para evitar que su puesta en marcha se demore más, lo que supondría "más graves pérdidas para el sector". "Tenemos la esperanza puesta en que se haga por vía urgente, aunque creemos que no será así", ha dicho el presidente de la Coalición, Aldo Ocese.

Otra de las peticiones de este colectivo es que el reglamento no haga referencia sólo a los contenidos, sino también a las conductas (el hecho de subir contenido ilegal a la Red) y reincidencias, ya que de lo contrario "la norma no será eficaz". Ocese ha explicado que tal y como está concebido ahora el reglamento, se producirá una "espiral sin fin de retirar contenidos y volver a poner otros". Es decir, cuando se produce una denuncia por vulneración de propiedad intelectual, el responsable de la página denunciada quitará el contenido ilegal, pero una vez cerrado dicho expediente podrá volver a "subirlo", o poner otro diferente.

Además, la Coalición de Creadores ha pedido al Ejecutivo que en el reglamento se incluyan no sólo las páginas web, sino también las páginas de enlaces a contenidos, que en muchos casos están alojadas en servidores extranjeros, como ya recoge el borrador del Real Decreto.

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