Sevilla

Los colegios católicos no podrán ocultar datos a la Junta

  • La Agencia Estatal avala la legalidad del programa informático Séneca

Los colegios católicos concertados tendrán que aportar toda la información requerida por la Junta de Andalucía para la elaboración del programa informático Séneca. Así se desprende del informe enviado por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a la Federación de Enseñanza Religiosa de España (FERE) en la que despeja cualquier duda sobre la legalidad de este fichero de la Consejería de Educación que contiene el historial de los alumnos e información sobre aspectos de la educación pública.

La FERE envió hace seis meses una consulta al gabinete jurídico de la AEPD en la que cuestionaba la obligación de los centros concertados de aportar datos de sus alumnos sin el consentimiento de éstos, de sus padres o tutores. También señalaba su temor a que "el centro pierda todo control sobre esos datos, toda vez que cualquier persona que tenga acceso al programa puede conocerlos". La consulta concluía con el planteamiento de una posible infracción de la ley orgánica de protección de datos personales si se introducía dicha información.

La AEPD ha contestado que el artículo 6.2 de la ley orgánica de 1999 establece que "no será preciso el consentimiento cuando los datos de carácter personal se recojan para el ejercicio de las funciones propias de las Administraciones Públicas..." El mismo informe avala esta función, ya que define al sistema Séneca como "herramienta encaminada a facilitar los trámites relacionados con la gestión de los centros educativos públicos ". Por tanto, prima el interés público sobre el consentimiento del alumno, de sus padres o tutores a la cesión de datos.

Sobre el temor de los colegios católicos por la falta de control de esa información, la AEPD precisa que estos datos no se pierden "dado que permanecerán en sus ficheros". En su análisis tampoco percibe una falta de seguridad en el acceso al Séneca ni la vulneración de la ley, en tanto que "no implican una habilitación genérica para acceder a él del personal del centro concertado ni tampoco por parte de usuarios del sistema no integrados en el centro".

Los datos que para la FERE generan mayor polémica son los relativos a los alumnos que perturban la convivencia escolar. Este requerimiento fue solicitado por la inspección de la Delegación de Educación en Sevilla e incluía el nombre y apellido del alumno agresor. La AEPD recuerda que la ley orgánica de 2006 establece que los inspectores de Educación, considerados como autoridad pública, podrán acceder a la documentación del centro para el cometido de sus funciones. Aunque puntualiza que los datos relativos a conductas contrarias a la convivencia escolar serán facilitados "cuando así se requiera en el marco de un expediente concreto".

La conclusión final del informe ratifica que la aportación de datos al Séneca no vulnera la ley.

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