Provincia

Avalan la nulidad de la concesión del tren turístico de Marbella

  • El Consejo Consultivo de Andalucía apoya la decisión del Ayuntamiento por la falta de procedimientos de contratación

El Consejo Consultivo de Andalucía avala la decisión del Ayuntamiento de Marbella para revisar la contratación y declarar la nulidad de la concesión a la empresa Tren Turístico de Marbella SL de la explotación de este servicio. En su dictamen, el órgano de consulta autonómico considera "clamorosa" la inobservancia de las normas de contratación administrativa y constata una "total ausencia" de procedimiento de contratación.

El Consistorio marbellí acordó en pleno en septiembre de 2007 emprender la revisión de oficio de los contratos firmados en 1993 y 2001 y los once decretos de la Alcaldía por los que, entre 1994 y 2002, los gobiernos del Grupo Independiente Liberal (GIL) concedieron a la citada compañía la explotación de un tren turístico que realiza un recorrido por la ciudad. El documento con el que se inició la relación contractual entre el Ayuntamiento y la empresa, suscrito en diciembre de 1993, establecía la concesión administrativa a Tren Turístico de Marbella SL para la "instalación, explotación y funcionamiento de trenes para el transporte de pasajeros" en el municipio.

La propuesta de revisión fue presentada en la sesión plenaria por la alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz (PP), al estimar el Consistorio que existía un vicio de nulidad en la concesión, dado que se prescindía del procedimiento legalmente establecido para ello. El Consejo Consultivo andaluz, con sede en Granada, señaló ayer en un comunicado que avala dicha revisión sobre la base de la "nulidad" de los contratos y los decretos, al no haber existido "procedimiento alguno de contratación".

La comisión permanente del órgano de consulta mantiene que no se han realizado actos preparatorios de ningún tipo y en el expediente constan exclusivamente los contratos firmados por el alcalde y el contratista, por lo que dictamina favorablemente la petición del Ayuntamiento de establecer la base de nulidad de la concesión. El dictamen señala que no se han respetado los necesarios principios de libertad y concurrencia en la contratación administrativa y que, al tratarse de contratos por un periodo de duración de ocho años, "no es posible" ni el procedimiento negociado ni la contratación directa.

El Consultivo establece que concurre por tanto la causa de nulidad de los contratos y de los decretos por los que se autorizó, modificó el trayecto y prorrogó la concesión del servicio a la compañía. En relación a la alegación presentada por Tren Turística de Marbella SL sobre la existencia de un pliego de cláusulas administrativas previo al contrato suscrito en 2001, el órgano superior de consulta establece que el pliego y el contrato tienen "la misma fecha" y que en el segundo aparecen consignados "los nombres de los concesionarios del servicio".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios