Málaga

Absuelven a una mujer de dar un ladrillazo al excompañero de su hija

  • La Audiencia no cree acreditado que lo arrojase en el transcurso de una pelea

Una mujer ha sido absuelta por la Audiencia Provincial de Málaga de lanzar un ladrillo que impactó en la cabeza del excompañero de su hija porque no ha quedado acreditado que ella lo arrojase en el transcurso de una pelea en la que hubo más implicados. La Audiencia ha rechazado el recurso de apelación presentado por un condenado, con lo que confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga que absuelve a Y. G. G. de un delito de lesiones. No obstante, la procesada es condenada por una falta contra las personas a una multa de 360 euros, y el recurrente, J. J. J. G., a una sanción similar y a que indemnice a uno de los lesionados en la pelea en 480 euros por las lesiones sufridas. La sentencia del juzgado confirmada ahora considera probado que la medianoche del 14 de junio de 2004, la acusada, Y. G. G., recibió una llamada de su hija en la que le comunicaba que su excompañero se encontraba en su domicilio con intención de agredirla, pese a tener una orden de alejamiento.

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