Sociedad

Condenan por hurto a un matrimonio que se quedó con 54.000 euros de unos amigos

  • Les habían confiado el dinero procedente de una venta para que se lo guardaran en su caja fuerte y no se lo devolvieron.

El Tribunal Supremo (TS) ha dejado en una pena de año y medio por hurto la condena a 3,5 años por apropiación indebida que la Audiencia de Barcelona había impuesto a un matrimonio que se quedó con 54.000 euros de una pareja amiga, dinero que habían guardado en su caja fuerte.

En mayo de 2011 Emilio Manuel A. y María Dolores G., que habían aceptado guardar en su caja fuerte 54.000 euros -procedentes de una venta- que un amigo y su pareja les habían confiado, abrieron la misma con una llave y se quedaron con el dinero. Destinaron el dinero a pagar deudas que tenían pendientes, pero también incrementaron enormemente sus gastos, entre otras cosas invitaron a un viaje con todo pagado al amigo que les había confiado el dinero y su pareja. La clave de la rebaja de condena radica en que, según el Supremo, si la acusación no puede demostrar que los reos mantuvieron en su poder una copia de la llave de la caja en donde guardaron el dinero, "es evidente que ningún poder dispositivo ostentaban sobre lo allí guardado". "Esta falta de disponibilidad sobre el dinero implica que no lo poseían, por lo que no estuvieron en condiciones de apropiarse indebidamente de él", añade el alto tribunal.

Al parecer, los dueños de la caja entregaron la llave a sus amigos cuando aceptaron guardar su dinero y, según el relato de hechos de la sentencia, sustrajeron esa llave del bolso de ella en un momento de distracción, para después devolverla secretamente. De este modo, el delito por el que cabe condenarles, dice el Supremo, es el de hurto agravado por la alta cuantía del dinero sustraído.

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