Andalucía

El Ayuntamiento de Estepona niega que sea nulo el ERE como dice el Tribunal Supremo

  • La concejala de personal ha precisado que el alto tribunal "no pone de manifiesto irregularidades o vulneración de derechos por parte del Consistorio"

La concejala de personal del ayuntamiento de Estepona, Pilar Fernández-Fígares, ha negado que el Expediente de Regulación de Empleo que llevó a cabo el consistorio en 2012 sea nulo como ha asegurado este viernes el Tribunal Supremo.

Fernández-Fígares ha precisado que el alto tribunal "en ningún caso declara la nulidad del ERE ni pone de manifiesto irregularidades o vulneración de derechos por parte del ayuntamiento de Estepona en este procedimiento; de forma que el ERE sigue teniendo efectos respecto a la medida extintiva de la relación laboral".

El Tribunal Supremo ha anulado este viernes el ERE aprobado en el ayuntamiento de Estepona, que despidió a 176 trabajadores y ha ordenado repetir el juicio mediante el cual el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) aprobó dicho expediente.

El Supremo ha ordenado repetir el juicio porque considera que "la falta de aprobación previa al juicio de la prueba en procesos de despido colectivo" no supone que esa prueba quede anulada.

En dicho proceso no se aportó a tiempo determinada prueba y no fue tenida en cuenta, pero ahora la Sala de lo Social del alto tribunal señala que el incumplimiento de la obligación de aportarla antes del juicio no puede suponer la pérdida definitiva de la misma.

Sin embargo, la edil de personal sostiene que el ayuntamiento entregó a la representación legal de los trabajadores, en el periodo de consultas, "documentación suficiente, poniendo de manifiesto de forma detallada la situación económica y organizativa del Ayuntamiento", ha puntualizado.

Fernández-Fígares ha recordado que llevar a cabo despidos dentro de la plantilla fue la decisión "más dolorosa" para el equipo de gobierno y que se adoptó después de agotar y negociar con los sindicatos "todas las vías posibles". Y ha añadido que las causas objetivas que justificaron esta necesidad de reducir la plantilla fueron de naturaleza económica y organizativa.

Los trabajadores representados por el comité de empresa y los sindicatos presentaron recurso contra el ERE, del que el Tribunal Superior de Justicia Andalucía falló a favor, y ahora el Supremo les ha dado la razón en uno de sus argumentos, obligando a repetir el juicio.

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