Málaga

El nuevo Pepri habla de demoler edificios que supongan una agresión para la zona

  • Uno de los objetivos es evitar "vaciados" y demoliciones totales de elementos de interés y se advierte a la propiedad de la posibilidad de reducir la edificabilidad en esos supuestos

Uno de los apuntes más contundentes de cuantos se realizan en el avance del nuevo Pepri es la recomendación de "sustitución" para aquellos edificios "no integrados" o que supongan una agresión al entorno. De acuerdo con la literalidad expuesta en el documento, ello correspondería a inmuebles "que deben ser objeto de demolición por suponer una agresión a su entorno inmediato o por afectar a alguna de las visuales de interés del conjunto".

Al tiempo, se apuesta porque el proyecto de edificación que sustituya el antiguo sea resuelto mediante arquitectura "propia de este tiempo", si bien la misma debe quedar integrada en su entorno. De otro lado, los técnicos aluden a los casos de edificios fuera de ordenación, los cuales deberán ser objeto de una intervención obligatoria de integración y de mejora de la imagen urbana. En cuanto a los solares y obras de nueva planta, se incide en que se verán afectados por esta calificación los solares existentes en el momento de la tramitación del nuevo documento.

Estas propuestas forman parte de uno de los cinco informes en los que se divide en avance del nuevo Pepri. El mismo, bajo la denominación de Singularidades, realiza un despliegue considerable sobre las nuevas protecciones urbanísticas y arquitectónicas que se quieren plasmar en el futuro planeamiento. Una labor que, como indican los propios autores, será "el negativo de la actual normativa".

"No se individualizarán por tanto aquellos elementos singulares que deban ser objeto de protección, sino que se considera el ámbito como un lleno", exponen, al tiempo que precisan que esa nueva visión implica "una clara apuesta por la rehabilitación del parque inmobiliario existente y una detección de aquellos puntos donde sería beneficiosa una renovación de aquello que pueda suponer una agresión o un impacto negativo sobre las singularidades cercanas".

En este sentido, se marca como objetivo "evitar los actuales vaciados de inmuebles y demoliciones totales de elementos de interés". Para disuadir de acometer estas acciones sobre los bienes incluidos en el Catálogo de inmuebles se advierte con la posibilidad de aplicar una reducción en el porcentaje de edificabilidad en el inmueble.

Asimismo, se opta por modificar la posibilidad demoliciones parciales, casi totales, en aplicación de la normativa de protección arquitectónica II con protección de fachada y elementos. La medida se adopta al constar que "la experiencia ha demostrado que únicamente protegiendo elementos como la escalera de un inmueble no se logra la recuperación e integración de la misma sino que finalmente se produce la demolición y la pérdida del bien".

El documento introduce como novedad el concepto de protecciones de conjunto, lo que supone reconocer la existencia de inmuebles protegidos que tienen valores y características comunes que deberían tenerse en consideración a la hora de intervenir sobre ellos. Asimismo, se busca revalorizar la arquitectura barroca malagueña incorporando al Catálogo los inmuebles del siglo XVIII que carecían de protección o bien estaban sujetos a protección ambiental contando con patios, fachadas y elementos de indiscutible valor patrimonial. En este Catálogo también se incluirá el listado actualizado de inmuebles ya reconocidos en la normativa del PGOU con protección por sus pinturas murales.

Otra de las grandes novedades, en lo que a los grados de protección se refiere es la figura de la protección cautelar, a la que quedan sujetos los inmuebles a los que resulta imposible acceder por causas ajenas a la administración. Se busca con ello evitar que se proteja un bien con una protección específica sin tener elementos de juicio para ello y lograr la máxima información de cada uno de los inmuebles que conforman el catálogo. La misma tendrá carácter temporal y será sustituida por la protección que corresponda en el momento en que se pueda acceder al edificio. Hasta que eso se decida, las intervenciones serán de una protección arquitectónica grado 1 para evitar pérdidas de bienes singulares.

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