Málaga

Julián Muñoz deja la cárcel para cumplir su condena en un centro abierto

  • El ex alcalde de Marbella pasa a depender del Centro de Inserción Social de Algeciras

El exalcalde de Marbella Julián Muñoz abandonó ayer por la tarde el centro penitenciario de Alhaurín de la Torre. El lunes no volverá. El preso ha conseguido el tercer grado penitenciario, que le exime de la reclusión y le permite cumplir la condena en el Centro de Inserción Social de Algeciras. El abogado de Julián Muñoz, Antonio José García Cabrera indicó que salió del recinto penitenciario hacia las 16:00 horas con sus pertenencias. También indicó que seguirá cumpliendo su condena en el Centro de Inserción Social de Algeciras, "donde le aplicarán el régimen que prevean, según su salud, pero ya en tercer grado".

La salida de la prisión se produce después de que la Audiencia de Málaga instara esta semana Instituciones Penitenciarias a llevar a cabo la ejecución efectiva del tercer grado ya concedido a Muñoz por enfermedad grave e incurable y a aplicar las condiciones y beneficios del régimen de semilibertad o régimen abierto que correspondan de los recogidos en la normativa.La Sección Tercera de la Audiencia malagueña desestimó los recursos presentados por la Fiscalía contra la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria de Málaga de que se ejecutara ya el tercer grado concedido y de ordenar la tramitación de beneficios como los permisos de fines de semana, de los que hasta ahora sí ha venido disfrutando desde hace un mes. El tribunal subrayó que el exalcalde, condenado por corrupción, debía cumplir la pena en régimen abierto.

La sala no comparte la interpretación de la Fiscalía y del centro penitenciario contrarios al tercer grado y favorables a la libertad condicional, al tener ese tipo de régimen de semilibertad un carácter instrumental. Considera que "no puede dejar de darse aplicación y cumplimiento a la decisión de progresión a tercer grado". Al respecto, rechazó que con elevar la propuesta de libertad condicional se esté dando cumplimiento a lo concedido, señalando que esa interpretación "haría estéril la resolución dictada" y vaciaría de contenido el artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario".

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