Multiplican por 24 el valor de una expropiación para soterrar el AVE

El Supremo obliga a pagar 750.000 euros, frente a los 30.800 inicialmente fijados

Vista aérea del soterramiento del AVE a su entrada a la ciudad.
Vista aérea del soterramiento del AVE a su entrada a la ciudad.
S. Sánchez

12 de julio 2018 - 01:36

Málaga/El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias va a tener que pagar 24 veces más de lo previsto por la expropiación de una parcela de 795 metros cuadrados, que fue ocupada temporal, en el marco del proyecto de integración del ferrocarril en la ciudad de Málaga. Así lo acaba de dictaminar la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en una sentencia fechada el pasado 2 de julio y en la que eleva a casi 755.000 euros el valor que debe percibir la que era propietaria del terreno, la inmobiliaria Mosaico Desarrollos Inmobiliarios.

La cifra se multiplica de manera exponencial respecto a los 30.804 euros en los que había fijado el valor de la ocupación el jurado tributario en noviembre de 2011, decisión que fue recurrida judicialmente por la promotora. En un primer nivel, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), también en la sección de lo contencioso, validó la tasación efectuada, extremo ahora corregido por la nueva posición del Supremo.

La mercantil arguyó la necesidad de que a la hora de valorar el justiprecio se tuviese en cuenta que con anterioridad a la ocupación por parte del organismo estatal "había obtenido por silencio administrativo licencia de obras para la construcción de viviendas". Una tesis que no fue compartida ni por el Jurado de Expropiación ni por el TSJA, para los que la ocupación de la finca no motivó retrasos en su desarrollo inmobiliario, al considerar que el proyecto carecía de licencia de obras en vigor. A ello sumaron la aprobación por parte del Ayuntamiento de una suspensión para el otorgamiento de licencias en este sector.

Frente a este argumento, el Supremo considera que la obtención de la licencia de obra "supone el reconocimiento de un derecho de construir aquello que la licencia contempla", por lo que "constituye una partida indemnizable dentro del proceso expropiatorio". A pesar de apoyar la tesis de la empresa, el Alto Tribunal matiza la suma económica a aportar, dado que el informe del perito llegó a situar la cifra en 1.487.927 euros.

Según los datos reconocidos, la empresa solicitó licencia de obras para la construcción de 141 viviendas el 29 de diciembre de 2003 en unos terrenos expeditos, incluidos en el Plan Especial Renfe. El presupuesto de obra alcanzaba los 8.183.456 euros, con un plazo de 24 meses. El 29 de marzo de 2004, según el plazo de tres meses previsto en la Ley Urbanística de Andalucía (LOUA), se produjo el silencio estimatorio de la citada licencia.

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