Málaga

Un rascacielos sobre los escombros del paisaje y del medio ambiente

  • Los profesores María Jesús Perles Roselló y Félix López Figueroa defienden que la ley contradice, uno por uno, los argumentos esgrimidos en el Informe Ambiental Estratégico del futuro hotel del puerto

Infografía de la torre proyectada en el puerto de Málaga.

Infografía de la torre proyectada en el puerto de Málaga.

Hará como un mes, en un círculo de docentes universitarios relacionados con el medio ambiente, comentábamos, con más sorna que asombro, los numerosos errores conceptuales de bulto, argumentos inconsistentes y contradictorios, y disparates varios en torno al medio ambiente que el arquitecto promotor del rascacielos del puerto había desgranado en un artículo de prensa. En el mismo se mezclaban sin orden ni concierto los conceptos de ecosistema o geosistema, sus supuestos contenidos y atribución a las disciplinas que el autor consideraba oportunas, ya fuera la Ecología o la Geografía. Lo curioso es que el alarde de hermenéutica se hacía, según se entiende, con el objeto de aclarar, y aclararnos a los profesionales de las disciplinas aludidas, conceptos básicos de nuestra epistemología, quizás por si nos hacía falta. La sesuda reflexión iba abocando poco a poco, cómo no, hacia una conclusión final: una cosa es el medio ambiente y el paisaje natural, lo que está protegido por “verde”, y otra muy diferente el entorno construido de la ciudad, donde la protección del paisaje no cabe. Éste debe ser el espacio de la libertad creativa del constructor, que ya sabrá él lo que a la ciudad le conviene. Todo lo demás, según él, sería inmovilismo añejo.

El arquitecto promotor del rascacielos quizás ignora que la separación de lo natural y lo social que, en el siglo XXI, él propone como una ocurrencia novedosa, es un  paradigma del siglo XIX, cuando esta visión de lo “científico” frente a lo “cultural” o lo “artístico”, surgió del positivismo y las ruptura academicista de las ciencias, al amparo de la Revolución Industrial y el concepto de racionalidad pragmática, para entender la Tierra como un espacio para la explotación por parte del ser humano.  Afortunadamente, esta perspectiva hace muchos años que se superó. Un sinfín de teóricos ha aportado reflexiones más que fundamentadas para que ello ocurriera. Autores como Bertalanffy, Morin, Nicolescu o Beck, por citar algunos de los más conocidos y sin entrar en los específicos de cada disciplina; aportaciones como la teoría de sistemas, la de la complejidad frente al reduccionismo, las de pensamiento holístico frente al binario, la de la objetividad lega, o la de la transdisciplinariedad, entre otras muchas, confluyen en este sentido.

Parece ignorar el autor que los conceptos de medio ambiente y de paisaje ya fueron recogidos en 1985 en la legislación europea como conceptos incluyentes, integradores del medio natural y artificial, de relación entre ecosistema y sociosistema. El medio ambiente es una noción inclusiva, en primer lugar, por planteamientos fenomenológicos de peso: nuestro entorno es mixto, y las interacciones de lo natural y lo antrópico son tan estrechas que sus fronteras están diluidas. Los conceptos de medio ambiente y paisaje son integradores, y no dicotómicos, además por una razón muy sencilla: los componentes naturales y los construidos interactúan entre sí, concurren en el mismo espacio, conforman un sistema indisociable; un sistema que se desequilibra si alguno de sus componentes, da igual que sea natural o artificial, cambia de forma brusca o improcedente. El desequilibrio, por ejemplo, en un paisaje, puede producir problemas funcionales, pero también, al ser el paisaje un constructo social, puede traducirse en aspectos más sutiles tales como la falta de armonía en la percepción multisensorial del conjunto, en la incongruencia semiótica, en la pérdida de su valor representativo o identitario para una comunidad o en la destrucción de su valor como recurso. Todo ello, obviamente, observado según lo sociedad afectada considere valores a preservar, lo que ha expresado, colectivamente, a través de sus leyes. Es una obviedad que el paisaje es un concepto cambiante, modelado, a la vez, por las dinámicas naturales y por el paradigma cultural y el sistema productivo de la sociedad en cada momento histórico (así lo expresa, por ejemplo, el concepto de geosistema). Es precisamente porque el paisaje es dinámico y se puede intervenir en él de forma insensata o interesada, por lo que es tan importante que existan criterios de protección consensuados por la sociedad, para que ésta pueda velar por la armonía en la evolución, frente al arbitrio. No se trata de inmovilismo frente a innovación, se trata de criterios colectivos frente a individuales, de puesta en común de lo que es positivo para el medio o el paisaje que compartimos todos, frente a actitudes mesiánicas o iluminadas, o, simplemente, interesadas.

Pues bien, ante el citado atentado al cuerpo teórico del medio ambiente, del paisaje y de distintas disciplinas, los más jóvenes de los presentes propusieron escribir en prensa un artículo puntualizando y rebatiendo lo afirmado, indignados por la ligereza con la que algunos pontifican sobre lo que no saben, y, en un alarde fallido de prepotencia intelectual, subestiman el bagaje de los expertos en la materia y de los propios ciudadanos, a los que se les niega la capacidad de intervenir con criterio sobre el modelo de ciudad que desean. Sin embargo, los más experimentados del grupo, sobrados nosotros, comentamos que no merecía la pena rebajarse a aclarar en prensa las nociones básicas que se imparten en los temas introductorios de primer curso en la universidad, cuando no en bachillerato. No hay mayor desprecio que no hacer aprecio. Especialmente cuando uno sabe que la ignorancia es atrevida, y más atrevida aún si hay intereses lucrativos de por medio.

Pero miren por dónde el pasado día 13 comprobamos con estupefacción que la asombrosa teoría del medio ambiente y el paisaje partidos por la mitad había creado escuela.  Casualidades de la vida. La Delegación de Medio Ambiente había estimado que modificar el Plan Especial del Puerto para construir en medio de la bahía un edificio de hasta 150 m. sobre el nivel del mar no supone un impacto sobre el medio. Así, como suena. Esto no sólo significa que se agiliza el trámite de evaluación mediante la vía simplificada; no, conlleva consecuencias mucho más graves, ya que cuando haya que evaluar específicamente el proyecto del rascacielos, la ley indica que la Evaluación de Impacto no podrá ser contradictoria con la Evaluación Ambiental Estratégica. O sea, que de un tirón, dos problemas resueltos. Puestos a pasar vergüenza, más vale una vez colorado que ciento amarilla. Normal que lo publicaran el viernes a las dos de la tarde, en mitad del puente y con toda España pendiente de Cataluña.

Lo mejor de la resolución firmada por el Delegado es el intento de argumentación. Entre un entramado de argucias inconsistentes y confusas que hacen parecer claras las epístolas de Puigdemont, acaban por aflorar los planteamientos expuestos en el artículo de Seguí. El propio Delegado de Medio Ambiente cree, o al menos escribe, que el medio ambiente está compuesto, sólo, por lo natural.  El paisaje, entonces, al ser “un concepto transversal que abarca lo cultural, lo histórico o lo artístico (y dentro de lo artístico, también lo arquitectónico), trasciende lo medioambiental”. La Delegación deduce que, puesto que el rascacielos no produce alteraciones de los valores naturales de la Bahía, no existe impacto.  Sí que aprecia que “determinadas vistas o perspectivas sí se verán afectadas por la existencia del hotel propuesto”, pero al tratarse de un paisaje cultural, que no natural, no se estiman alteraciones de sus valores naturales. Además, se apunta en el texto, que la afectación de vistas “es fácilmente solucionable (…) modificando la ubicación del observador”. Hay que reconocer que esto sí que lo han hecho, bien. Lo de mirar para otro lado para no ver el incuestionable impacto.

Lástima que las leyes que rigen las cuestiones ambientales en Andalucía, en España y en Europa no estén de acuerdo, en absoluto, con la Delegación de Medio Ambiente. Lástima que la ley contradiga, uno por uno, los argumentos justificativos esgrimidos en el Informe Ambiental Estratégico. Las leyes de evaluación ambiental recogen claramente cómo el medio ambiente está compuesto por una parte por el suelo, la tierra, el aire, el agua, el clima, la flora y la fauna, y por la otra, por el medio socioeconómico como la población, los bienes materiales (los productivos y de naturaleza económica), los inmateriales, el patrimonio cultural y el paisaje, así como las interrelaciones entre cualquiera de estos factores. El paisaje, como define el Convenio Europeo del Paisaje, es “cualquier parte del territorio tal como es percibida por la población, y cuyo carácter es el resultado de la acción y la interacción de factores naturales y/o humanos”. La Ley de Evaluación Ambiental dice igual de claro que se considerará un efecto o impacto negativo “la pérdida de valor naturalístico, la afectación al valor estético-cultural, paisajístico, o aumento de (…) riesgos ambientales en discordancia con la estructura ecológico-geográfica, el carácter o la personalidad de una localidad determinada”.  Y no, la ley en ningún punto observa que si se trata de un paisaje “cultural”, no esté sujeto a evaluación, todo lo contrario. Se hace mención expresa a que se deben evaluar los riesgos sobre los paisajes tradicionales o los humanizados, los que tengan significación histórica, cultural y o arqueológica, los impactos sobre el patrimonio cultural, en sus distintas acepciones, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, industrial e inmaterial. La ley deja muy claro que los impactos, las alteraciones y los desequilibrios se producen tanto en el medio natural como en el construido, en los paisajes naturales y en los artificiales, y que en los dos casos hay que evaluarlos con la misma firmeza.  Los principios de la ley respecto a la protección del paisaje están claros. Desafortunadamente para el paisaje de la bahía, no se puede decir lo mismo de los principios del organismo responsable de su protección. Menos mal que estamos en un sistema democrático, con separación de poderes y con una sociedad civil que dispone de mecanismos y procedimientos para que los manipuladores no consigan sus objetivos generando confusión entre los intereses particulares y los generales.

En este punto, cabe recordar una anécdota que se hizo famosa en la Granada de los años 70, cuando un ingenioso abogado y un médico, muy conocidos ambos en la sociedad del momento, sostenían una disputa pública originada por las sarcásticas acusaciones por parte del abogado respecto a la notoria mala praxis profesional del médico.  Tras una larga pugna en prensa, un día se encontraron en un restaurante cara a cara. Era el abogado bajito y enjuto, mientras que el médico alto y fornido. El médico se fue hacia el abogado con la clara intención de solucionar con las manos lo que con el intelecto no podía. El abogado, asumiendo su desventaja en esta circunstancia, le increpó poniendo la cara: “De acuerdo, pégame, pega… Pega, ¡pero, por Dios, no me recetes!”. Pues eso. Ya, en este punto en el que se nos ofrece fuerza frente a razón, al menos, pedimos esto. Peguen, pero no receten. Especulen, pero no conceptúen. Desvirtúen la ley con descaro desde sus puestos privilegiados, pero, por favor, mejor no lo argumenten.

María Jesús Perles Roselló es geógrafa y profesora de Evaluación de Impacto Ambiental de la Universidad de Málaga (UMA).

Félix López Figueroa es catedrático de Ecología de la UMA.

Ambos son miembros del Grupo Transdisciplinar sobre el Medio Ambiente de la UMA.

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