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Acuerdos judiciales individuales tras el ERE en Estepona de 2012

  • Las partes han acordado mejorar la indemnización legal del despido colectivo ya percibido

Afectados por el ERE de Estepona durante una concentración.

Afectados por el ERE de Estepona durante una concentración. / m. h.

Tres meses después de que el Tribunal Supremo ratificara la validez de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en relación al expediente de regulación de empleo (ERE) que realizó el Ayuntamiento de Estepona en el año 2012 y que se saldó con el despido de 174 trabajadores municipales, solo quedaba pendiente la celebración de los juicios individuales, como consecuencia de las demandas interpuestas por los afectados. Ante esta nueva situación, fuentes municipales informaron ayer a través de un comunicado de los primeros acuerdos alcanzados previos a la celebración de los tres primeros juicios, cuya celebración estaba prevista para los próximos días.

En este sentido, aseguraron que las partes han acordado mejorar la indemnización legal del despido colectivo ya percibido en 5 días por año trabajado, "sin que les reste nada más por reclamar al Consistorio". Así, subrayan, "se alcanza la paz social, evitando la conflictividad y mejorando las condiciones de la extinción de la relación de estos empleados con el Consistorio". Asimismo, recordaron que en el momento de la decisión extintiva en julio de 2012 fue puesta a disposición de los demandantes una indemnización por un importe equivalente a 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades.

Desde el Ayuntamiento esgrimieron nuevamente que las causas "objetivas" que justificaron esta necesidad de reducir la plantilla fueron de naturaleza "económica y organizativa". En concreto, "derivado de la obligación legal de reducir en seis millones de euros el gasto de personal para cumplir el principio de estabilidad presupuestaria, exigido por ley, y que está permitiendo al Ayuntamiento hacer frente a las deudas heredadas de anteriores equipos de gobierno". Igualmente, consideraron "insostenible" y "excesivo" el coste de la plantilla municipal (que llegó a superar el 90% de los ingresos municipales) como consecuencia de la existencia de 1.362 empleados públicos.

Al mismo tiempo, argumentaron entonces que esta reducción de gasto fue necesaria para que el Consistorio pudiera llevar a cabo el Plan de Pago a Proveedores articulado por el Gobierno central, "que abonó facturas impagadas por el anterior equipo de gobierno, durante el periodo 2008-2011, y que sumaban un total de 66 millones de euros". En octubre de 2015 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratificaba la validez del ERE, desestimando las demandas presentadas por los sindicatos y declarando "ajustada a derecho la decisión de extinguir la relación laboral" de estos empleados. Con este segundo fallo, contrario al informe emitido por los sindicatos en el que se argumentaba que no era necesario el ERE porque el presupuesto para 2012 presentaba superávit, entre otros motivos, el tribunal volvía a dar la razón al Consistorio .

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