caso de los ERE

Griñán se librará de la cárcel

Los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el juicio de los ERE.

Los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el juicio de los ERE. / efe

Griñán se librará de la cárcel por el cáncer que padece. La Fiscalía Anticorrupción ha remitido un escrito a la Audiencia de Sevilla en el que, a la vista del último informe emitido por la forense del Instituto de Medicina Legal (IML), "no se opone" a que se le aplique al ex presidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años de prisión por el caso de los ERE, el artículo 80.4 del Código Penal, que prevé la posibilidad de supender el ingreso en prisión de las personas condenadas que padecen una enfermedad grave e incurable.     

En un escueto escrito de dos párrafos presentado este mismo miércoles en la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, los fiscales delegados de Anticorrupción Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra, exponen lo siguiente: "A la vista de informe emitido por el IML de fecha 15-06-2023, en el que indica que el penado padece una enfermedad muy grave e incurable a los efectos de lo dispuesto en el art. 80.4 CP, no se opone a su aplicación".

La postura de la Fiscalía traslada la decisión final sobre si Griñán debe entrar o no en la cárcel a los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que recientemente en un supuesto similar, el caso del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, también enfermo de cáncer, rechazaron la posibilidad de suspender la entrada en la cárcel. En el caso de Barberá, la Fiscalía sí se opuso a la suspensión de la condena de siete años y un día que se le había impuesto, y la Audiencia justificó su decisión en que  “es necesario distinguir entre aquellas personas gravemente enfermas cuya permanencia en un centro penitenciario pueda suponer un riesgo cierto para su vida y su integridad física, y aquellas otras personas gravemente enfermas que, no obstante permanecer ingresados, pese a lo incurable de su enfermedad, tienen una expectativa de vida que no tiene por qué ser reducida”.

La decisión de la Fiscalía Anticorrupción en el caso de Griñán se ha producido después de que la médico-forense del Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla remitiese un nuevo informe remitido a la Audiencia de Sevilla en la que señalaba que en la actualidad es "desaconsejable" el ingreso en prisión de Griñán, dado que padece una enfermedad "muy grave" e "incurable", de acuerdo con los términos que recoge el artículo 80.4 del Código Penal.

En el nuevo informe, la forense concluyó que el ex presidente "se encuentra aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables en los términos que señala el artículo 80.4 del Código Penal, sin perjuicio de las consideraciones que se añaden en el presentido informe médico forense que hacen desaconsejable su ingreso en centro penitenciario". El mencionado artículo del Código Penal contempla la posibilidad de otorgar la suspensión de la pena “en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables”.

En el dictamen, la experta del IML señala que el hecho que el ex presidente haya finalizado el tratamiento de radioterapia "no significa que el cáncer ya haya remitido, sino que son preceptivas revisiones periódicas posteriores al tratamiento las que determinen la evolución de su enfermedad", teniendo en cuenta además que sólo han pasado varios meses desde el diagnóstico en diciembre de 2022, advierte el documento, que sitúa la enfermedad en riesgo alto o intermedio, según las guías europea y americana, respectivamente.

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