el caso de los ERE

El juez natural de las macrocausas

  • Vilaplana responde al CGPJ que el acuerdo con Bolaños por el que asume la instrucción de los grandes procesos es correcto y no vulnera derechos de los investigados

El juez José Ignacio Vilaplana.

El juez José Ignacio Vilaplana. / Juan Carlos vázquez

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya dispone de todos los argumentos para resolver sobre el acuerdo entre los jueces María Núñez Bolaños y José Ignacio Vilaplana por el que este último asumió la instrucción de todas las macrocausas que se investigan en el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, como el caso de los ERE, los cursos de formación o los avales y préstamos de la agencia IDEA, entre otras.

El caso llegó al máximo órgano de gobierno de los jueces después de que las defensas de 13 investigados presentaran un recurso de alzada ante el CGPJ contra el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que avaló el nuevo reparto del trabajo en el juzgado de las macrocausas tras la renuncia de Bolaños al continuar investigando estos macroprocesos por los que fue denunciada, sin éxito, por la Fiscalía Anticorrupción.

Las defensas argumentan en sus recursos que se ha vulnerado el derecho al juez natural predeterminado por la ley con el pacto alcanzado entre la titular del juzgado y el magistrado de refuerzo, al estimar que Bolaños debe continuar con la instrucción de las macrocausas.

El Consejo acumuló estos recursos para su resolución conjunta y designó como ponente de los mismos a la vocal Nuria Díaz, la misma vocal que emitió un voto particular contra la decisión de archivar la denuncia presentada por la Fiscalía contra Bolaños, lo que no deja de ser sorprendente o paradójico, porque la misma puede tener ya un criterio formado con anterioridad al haberse pronunciado de la manera tan contundente como lo hizo con respecto a la labor de Bolaños cuando analizó las acusaciones del Ministerio Público y le llevó a emitir un voto particular contrario a la decisión mayoritaria del Consejo, que no apreció ninguna irregularidad en la actuación de la titular del juzgado de las macrocausas.

Tras acumular todos los recursos y atribuir la resolución a esta vocal, el Consejo, como es preceptivo en este tipo de actuaciones, ha pedido al juez José Ignacio Vilaplana que realizara las alegaciones que estimara oportunas a estos recursos. Según fuentes del CGPJ consultadas por este periódico, el juez Vilaplana ya ha presentado sus alegaciones, en las que considera “correcto” y “perfectamente legal” el pacto alcanzado con la titular para que él continúe instruyendo las macrocausas, como de hecho ha venido haciendo durante el año aproximado en el que Bolaños estuvo de baja por motivos de salud.

El acuerdo no vulnera el derecho al juez natural predeterminado por la ley

El magistrado ha asegurado asimismo, en el informe que ha remitido ya al máximo órgano de gobierno de los jueces, que el acuerdo para la nueva distribución del trabajo en el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla no vulnera en ningún caso el derecho al juez natural ordinario predeterminado por la ley, como por el contrario sostienen las defensas.

No es la primera vez que Vilaplana reivindica la legalidad del nuevo reparto de funciones, dado que en septiembre pasado comenzó a responder al aluvión de peticiones realizadas por los abogados de los investigados en muchas de las piezas de las diferentes macrocausas. Se trata de una actuación que las defensas hicieron en los propios procedimientos judiciales abiertos y que es completamente diferente a la que se sigue ante el CGPJ, donde se han recurrido actos administrativos dictados por la Sala de Gobierno del TSJA.

El juez Vilaplana dictó una providencia en septiembre defendiendo la legalidad del reparto

Vilaplana dictó una providencia, con fecha del 30 de septiembre, en la que rechazó la suspensión de las actuaciones solicitada por una de las defensas mientras se determinaba cuál de los jueces debía continuar con la instrucción. El juez sostuvo en esa providencia que la petición de suspensión de las actuaciones “carece de amparo normativo, teniendo en cuenta el carácter vinculante y ejecutivo del acuerdo de la Excelentísima Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de fecha 14 de septiembre de 2020”.

En la resolución, José Ignacio Vilaplana añadió que no apreciaba “motivo alguno de nulidad de actuaciones, en particular, por vulneración del derecho de defensa o al juez ordinario predeterminado por la Ley, cuyo riesgo de conculcación se aduce”. Es decir, el juez ratifica considera que el acuerdo para la redistribución del trabajo no quiebra ninguna garantía del proceso ni para las defensas de los investigados en las distintas causas que ha asumido el juez de refuerzo.

Las defensas, por su parte, advertían en algunos de los recursos de alzada presentados ante el CGPJ que el reparto de los asuntos entre Bolaños y Vilaplana se llevó a cabo conforme a los “criterios fijados por ellos mismos, ajenos por completo a los predeterminados por la ley, que en ningún caso previene que pudieran asumirse por el juez de apoyo aquellos que estaban atribuidos a la juez titular antes de su baja”, por lo que el pacto “desborda la competencia señalada por la ley y los criterios que para su reparto vienen predeterminados”.

La juez María Núñez Bolaños, en 2015 cuando llegó al juzgado de los ERE. La juez María Núñez Bolaños, en 2015 cuando llegó al juzgado de los ERE.

La juez María Núñez Bolaños, en 2015 cuando llegó al juzgado de los ERE. / D. S.

Y a esto se añadía por esta defensa que el acuerdo tiene como efecto el “apartar” a la juez titular de los macrojuicios, aquellos respecto de los que la instructora “ha venido manteniendo criterios que si bien son reiteradamente confirmados” por la Audiencia, “resultan abiertamente contrarios a los que mantiene la Fiscalía Anticorrupción”, que fue precisamente la que denunció a la magistrada por supuestas faltas graves o muy graves que fueron rechazadas con rotundidad en el informe realizado por los inspectores del CGPJ.

Y con ese acuerdo, prosigue la misma defensa, “el juez de apoyo asume indebidamente todos esos macroprocesos, en los que mantiene criterios conformes con los de la Fiscalía Anticorrupción”.

Con independencia de lo que pueda decidir el CGPJ, algunas defensas ya han apuntado que acudirán incluso al Tribunal Supremo para reclamar que la juez Bolaños vuelva a instruir las macrocausas.

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