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Definitivo: a Segunda

  • El Tribunal Administrativo del Deporte resuelve mantener el descenso administrativo del Elche

El Tribunal Administrativo del Deporte confirmó el descenso administrativo del Elche a la Liga Adelante, decretado por el juez de Disciplina Social de la Liga de Fútbol Profesional el pasado 5 de junio, aunque ha reducido la sanción al club franjiverde de 180.000 a 90.000 euros.

Éste es el fallo del TAD al que tuvo acceso Europa Press tras el recurso presentado por el club franjiverde por el descenso de categoría, decretado por la Liga por los expedientes abiertos por sus impagos a Hacienda e incumplir el reglamento financiero el curso pasado 2013-14.

En un comunicado, el Elche, que podría descender incluso a Segunda B si no cumple con las deudas con su plantilla antes de final de julio, anunció que procederá "a interponer ante la Justicia Ordinaria los recursos correspondientes con carácter de urgencia", después de que el TAD confirmara su descenso tras una votación que finalizó con un resultado de 4-2.

En su texto, el TAD argumenta que el descenso de categoría "es conforme con el principio de proporcionalidad de las sanciones y debe confirmarse". La resolución llega solo un día antes de que se celebre el sorteo de los calendarios de la Liga BBVA y la Liga Adelante para la próxima temporada, que tendrá lugar hoy en la sede de la Federación de Fútbol.

A la hora de analizar los argumentos expuestos por el Elche, el tribunal recuerda que el Juez de Disciplina Social de la LFP "tiene en cuenta que la actual directiva del club parece haber intentado pagar la deuda tributaria, de modo que las circunstancias concurrentes podrían matizar o moderar en cierta manera la sanción".

"Sin embargo, lo que no puede aceptarse en modo alguno es la existencia de las otras circunstancias atenuantes a que alude el Elche, esto es, la falta de intencionalidad de conducta, el arrepentimiento espontáneo y el pago posterior", aclara el TAD. En este sentido, subraya que "en modo alguno puede descartarse la existencia de intencionalidad en la comisión de la infracción".

Esta resolución del TAD es definitiva en vía administrativa, pero aún pude interponerse recurso contencioso-administrativo que ante el Juzgado Central de los Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, tal y como el Elche avanzó ayer que hará nada más pudo conocer la resolución.

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