Estos son los cambios para los autónomos en 2023
Autónomos
Sevilla/El año 2023 viene con una serie de ventajas para los autónomos de nuestro país (más de 3 millones). Entre estos cambios se encuentra la reforma del sistema de cotizaciones organizada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.
¿En qué consiste esta reforma? El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tendrá un sistema por el cuál los autónomos comenzarán a cotizar en función de sus ingresos reales a partir del 1 de enero de 2023. Esto significa que lo que coticen los autónomos dependerá de los ingresos reales que declaren los mismos, estableciéndose alrededor de 15 tramos en los cuales habrá una base mínima y máxima de cotización a las que aplicar las cuotas, contemplando tramos de cotización progresiva desde 2023 hasta 2025.
Para que esta reforma se de a cabo, el autónomo deberá calcular sus ingresos reales, sumando todos sus ingresos y restándoles los gastos derivados de la actividad. Calculando esto, el autónomo sabrá en cuál de los 15 tramos comentados anteriormente se encuentra, y con esto, sabrá a su vez qué bases mínimas y máximas de cotización tendrá, disponiendo de 6 cambios de tramo al año.
¿Cuáles serán las bases de cotización de los autónomos en 2023?
El mismo autónomo será quien podrá elegir entre cualquiera de las bases entre la mínima y la máxima, según la Seguridad Social.
- Ingresos de 670 euros mensuales o inferiores: Base mínima: 751,63 euros. Base máxima: 849,66 euros.
- Ingresos de 671 y 900 euros mensuales: Base mínima: 849,67 euros. Base máxima: 900 euros.
- Ingresos entre 900,01 y 1166,69 euros mensuales: Base mínima: 898,69 euros. Base máxima: 1166,70 euros.
- Ingresos entre 1166,70 y 1300 euros mensuales: Base mínima: 950,98 euros. Base máxima: 1300 euros.
- Ingresos entre 1300,01 y 1500 euros mensuales: Base mínima: 960,78 euros. Base máxima: 1500 euros.
- Ingresos entre 1500,01 y 1700 euros mensuales: Base mínima: 960,78 euros. Base máxima: 1700 euros.
- Ingresos entre 1700,01 y 1850 euros mensuales: Base mínima: 1013,07 euros. Base máxima: 1850 euros.
- Ingresos entre 1850,01 y 2030 euros mensuales: Base mínima: 1029,41 euros. Base máxima: 2030 euros.
- Ingresos entre 2030,01 y 2330 euros mensuales: Base mínima: 1045,75 euros. Base máxima: 2330 euros.
- Ingresos entre 2330,01 y 2760 euros mensuales: Base mínima: 1078,43 euros. Base máxima: 2760 euros.
- Ingresos entre 2760,01 y 3190 euros mensuales: Base mínima: 1143,79 euros. Base máxima: 3190 euros.
- Ingresos entre 3190,01 y 3620 euros mensuales: Base mínima: 1.209,15 euros. Base máxima: 3620 euros.
- Ingresos entre 3620,01 y 4050 euros mensuales: Base mínima: 1274,51 euros. Base máxima: 4050 euros.
- Ingresos entre 4050,01 y 6000 euros. Base mínima: 1372,55 euros. Base máxima: 4139,40 euros.
- Ingresos superiores a 6000 euros mensuales: Base mínima: 1633,99 euros. Base máxima: 4139,40 euros.
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