Gumersindo Ruiz

Economista

Las fresas y las nuevas directivas europeas de sostenibilidad

La nueva directiva sobre Información Empresarial en Sostenibilidad abunda en la obligación de dar datos más allá de los financieros

Las fresas y las nuevas directivas europeas de sostenibilidad

Las fresas y las nuevas directivas europeas de sostenibilidad

LA producción de fresas de Huelva se ha visto enredada con un tema medioambiental como es la sostenibilidad de los regadíos, al encontrarse junto a una zona protegida y vulnerable a la explotación de acuíferos. Más allá de los problemas y especificidad del caso concreto, es una muestra de las complicaciones que pueden tener las empresas ante la dirección que sigue la Unión Europea en materia de sostenibilidad, no sólo medioambiental, sino social y de gobierno corporativo.

Estos días hemos visto la Directiva sobre Información Empresarial en Sostenibilidad, aprobada por el Parlamento Europeo, que abunda en la obligación de informar que ya tienen las empresas, más allá de la información financiera. Estos temas que en España se legislaron en 2018, y tienen ahora que adaptarse, se pueden ver desde dos perspectivas: medioambiental, social y gobernanza (criterios ESG, con los que se identifica la sostenibilidad); y la información que han de proporcionar las empresas a inversores y mercados, así como a cuantos puedan tener interés en su actividad como son accionistas, empleados, proveedores, clientes, y entorno en que opera. Se aplica la llamada doble materialidad: si la actividad de un negocio puede verse financieramente afectada por un problema, como puede ser en este caso la falta de agua; y cómo la actividad impacta materialmente en el medio ambiente.

Esto no aplicaría a las empresas de la fresa si no tienen al menos dos de estos tres requisitos: 250 empleados, más de 40 millones de negocio y 20 millones de balance, o se trata de una pequeña empresas cotizada. Pero el Parlamento Europeo acaba de aprobar la Directiva de diligencia debida en sostenibilidad, que obliga a las empresas con estas características, a dar cuenta de los riesgos ESG , dentro de su cadena de valor. Ya los bancos tienen obligación de valorar estos riesgos, por lo que un banco que diera un préstamo a una empresa del sector de la fresa, o cualquier otro, tendría que cuantificar el posible impacto, presente y futuro, del riesgo financiero y material de la actividad. Exagerado o no, justo o injusto, un boicot o pérdida de actividad por estos motivos es algo que un banco debe evaluar, junto con el propio impacto ambiental. De la misma manera, un comprador importante, una cadena de supermercados, tiene que recoger en su informe no financiero esta circunstancias de proveedores, como en este caso el sector de la fresa de Huelva.

Pero, además, en otra media vuelta de tuerca, la Comisión Europea saca esta semana a consulta el borrador de las llamadas Actas delegadas sobre los requisitos de información en sostenibilidad, que no es legislación, pero sí la forma de que la información sobre ESG se homogenice dentro de la UE, pues se pretende que llegue a ser tan axiomática, tan exacta, como los principios de la contabilidad financiera. Vemos un punto de las “Actas” en que se exige “describir el proceso de diligencia debida que se sigue en la evaluación de la sostenibilidad de operaciones propias y en la cadena de valor”; en lenguaje llano esto quiere decir que un grupo relevante de supermercados, por ejemplo, tiene que explicar en su informe no financiero, qué procesos sigue ante la sospecha de que uno de sus proveedores tenga un riesgo, en este caso relacionado con el medio ambiente. El requisito de información G1-2, AR 2 en su apartado c, dice exactamente que se “presentará la evolución del comportamiento social y medioambiental de los proveedores”, así como “el procedimiento por el que se evalúa, incluyendo visitas, auditorías, o informes”.

Tres conclusiones podemos sacar. La primera que las empresas no han visto hasta ahora las implicaciones que en forma de obligaciones legales supone la adopción de criterios de sostenibilidad, y quizás se han dejado llevar por la sensibilidad que despiertan los Objetivos de Desarrollo Sostenible, sin pensar en las exigencias de procesos y métricas sistemáticas sobre lo que tienen que informar. Y no sólo afecta a las empresas grandes y cotizadas, sino indirectamente a las pequeñas que piden crédito bancario o que como proveedoras se ven sujetas a escrutinio por sus propios clientes. Segundo, que como hemos visto estos días en el Parlamento Europeo, hay una corriente conservadora que llama a pausar el ritmo de adopción de criterios de sostenibilidad, pero aunque se suavice no va a haber marcha atrás, pues forma parte del compromiso de las instituciones europeas, que se concreta en la tercera parte de los 1,8 millones de millones de euros del Next Generation. Tercero, la responsabilidad en el asunto de la fresa es exclusiva de la Junta de Andalucía, que tratando de solucionar un asunto pendiente no vio otras consecuencias. Esto indica que no somos conscientes del alcance que tiene la legislación europea –aunque algún medio la considere ecologismo de salón– , y que si un nuevo gobierno, pretendiendo cambiar cosas, pise la línea de reglas formales o informales, va a encontrarse en una situación comprometida. No son sólo fondos europeos, España depende cada día más de la UE en las exportaciones, el superávit actual del comercio exterior se compone de 64.000 millones con la UE, 7.000 con USA y el resto, y un déficit de 62.000 millones con Asia, y no tenemos más remedio que estar a lo que diga Europa, donde también tenemos voz y voto. Nada de lo anterior significa que un productor de fresas, aunque su producción sea una modestísima fracción de estas cifras, tenga que perder parte de su actividad, consolidada en la experiencia y presencia en los mercados, pero el mundo se ha vuelto complicado, y hay que buscar alternativas sin entrar en el terreno peligroso de lo que pudiera considerarse incumplimientos en sostenibilidad.

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